Resolución 678/2015

Fecha de disposición22 Julio 2015
Fecha de publicación27 Julio 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33179



MINISTERIO DE SALUD

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 678/2015Bs. As., 22/07/2015

VISTO los Expedientes N° 204.208/12 Cuerpos 1 a 4, N° 221.769/12, N° 243.639/13 y N° 13.522/14, todos del Registro de la Superintendencia de Servicios de Salud; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente N° 204.208/12 del VISTO, el HOSPITAL ALEMÁN ASOCIACIÓN CIVIL solicita la inscripción en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (R.N.E.M.P.) en los términos de los incisos b) punto 1, c) y f) del artículo 5° del Decreto N° 1993/11 y la Resolución N° 55/12 del Registro de la Superintendencia de Servicios de Salud.

Que al efecto, en la oportunidad señalada, acompañó el Estatuto Social, vigente a la fecha de la solicitud, e inscripto en la Inspección General de Justicia, con su respectiva constancia de inscripción; constancia de CUIT; copia certificada del acta de asamblea de elección de autoridades vigentes al momento de la presentación, y del acta de directorio de distribución de cargos; declaración jurada (en los términos del punto 2.4. del Anexo I de la Resolución N° 55/12 SSSalud) en la que se manifiesta que las autoridades vigentes —al momento de la presentación— no se encontraban comprendidas por las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 264 de la Ley N° 19.550 y sus modificatorias; y las respectivas certificaciones de cada uno de los miembros del órgano de conducción y administración, de su domicilio real y de los antecedentes de concurso o quiebra, inhibición general de bienes y antecedentes penales; modelo de contrato que suscribe con los usuarios; composición del patrimonio e inventario de bienes; últimos tres estados contables aprobados al momento de la presentación; descripción de los planes de extensión de coberturas y programas y otras prestaciones; descripción de la estructura orgánico funcional y estructura de costos de la empresa en lo atinente a la actividad regulada; y certificación bancaria de la cuenta recaudadora habilitada para la recepción del pago de las cuotas de los usuarios.

Que con posterioridad, a efectos de actualizar documentación sobre aspectos institucionales, económico financieros y prestacionales, ante la requisitoria del Servicio Jurídico y de otras áreas técnicas del organismo, la entidad acompañó la documentación solicitada debidamente actualizada y vigente a la fecha de la presente.

Que de conformidad con el Estatuto Social vigente, que se encuentra aprobado según las disposiciones estatutarias e inscripto en la Inspección General de Justicia, la entidad se encuentra facultada a ejercer su actividad en su sede, hoy situada en el domicilio legal denunciado sito en Av. Pueyrredón 1640, de lo que da cuenta el informe técnico elaborado por la Gerencia de Control Prestacional.

Que conforme certificaciones que han sido acompañadas respecto de cada uno de los miembros que componen los órganos de conducción, administración y fiscalización de la entidad con mandato vigente, se ha verificado que ninguno de ellos posee limitaciones legales y/o reglamentarias para desempeñarse en la administración de Entidades de Medicina Prepaga.

Que resulta preciso destacar que, en esta instancia, se han exigido las certificaciones previstas en el artículo 3° del Decreto N° 1993/11 únicamente...

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