Resolución 3456/2009

Fecha de publicación29 Septiembre 2009
Fecha de disposición29 Septiembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31747

TARIOS a funcionar en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, la cual estará encargada de las tareas de asesoramiento, apoyo y promoción de Indicaciones Geográficas y Denominación de Origen de Productos Agropecuarios y Alimentarios.

ARTICULO 2º

Serán funciones de la COMISION NACIONAL ASESORA DE INDICACIONES GEOGRAFICAS Y DENOMINACIONES DE ORIGEN DE PRODUCTOS AGRICOLAS Y ALIMENTARIOS las establecidas por el Artículo 40 de la Ley Nº 25.380 modificada por su similar Nº 25.966.

ARTICULO 3º

La COMISION NACIONAL ASESORA DE INDICACIONES GEOGRAFICAS Y DENOMINACIONES DE ORIGEN DE PRODUCTOS AGRICOLAS Y ALIMENTARIOS estará presidida por el señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, en caso de ausencia o impedimento asistirá en su representación el señor Subsecretario de Agroindustria y Mercados, y estará integrada por DOS (2) representantes de la Dirección Nacional de Agroindustria; UN (1) representante de la Dirección Nacional de Economía, Financiamiento y Mercados, ambas dependientes de la SUBSECRETARIA DE AGROINDUSTRIAY MERCADOS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION; UN (1) representante de la SUBSECRETARIA DE PRODUCCION AGROPECUARIA Y FORESTAL de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, UN (1) representante de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, UN (1) representante de la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, UN (1) representante de cada Provincia integrante del Territorio Nacional, UN (1) representante del Gobierno de la Nº 31.747 39.

Directorio la correspondiente rendición de cuentas. A tal efecto los citados expedientes deben ser remitidos por las unidades y áreas de este Instituto en las que se encuentren radicados a la Secretaría de Desarrollo y Promoción a fin que arbitre los medios para adecuar el trámite de esos expedientes al procedimiento contemplado en esta resolución.

ARTICULO 9º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. PATRICIO JUAN GRIFFIN, Presidente -- C.P. VICTOR RAUL ROSSETTI, Vocal. -- Dr. ERNESTO E. ARROYO, Vocal. -- Dr...

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