Resolución 666 - E.

Fecha de disposición21 Octubre 2016
Fecha de publicación21 Octubre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 666 - E/2016

Buenos Aires, 02/09/2016

VISTO el Expediente Nº 1.706.201/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 del Expediente de referencia obra glosado el Acuerdo celebrado, en el marco del Colectivo de Trabajo N° 18/75, entre la ASOCIACIÓN BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCOS), y el BANCO PROVINCIA DEL NEUQUÉN SOCIEDAD ANÓNIMA, cuya homologación las partes solicitan conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que cabe señalar que mediante el referido acuerdo las partes pactan el pago, por única vez, de una suma extraordinaria de carácter no remunerativo, a abonarse el 05 de enero de 2.016, conforme los detalles allí impuestos.

Que los ámbitos de aplicación del mentado instrumento se corresponden con los surgidos de la Personería Gremial de la entidad sindical de marras, como así con la actividad de la empleadora firmante.

Que las partes han acreditado su personería y las facultades de negociar colectivamente.

Que se ha dado cumplimiento en autos con los recaudos formales exigidos por la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las cláusulas pactadas no contravienen el orden público laboral.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomo la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el presente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCOS), y el BANCO PROVINCIA DEL NEUQUÉN, obrante a fojas 3 del Expediente N° 1.706.201/16, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°

Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el instrumento obrantes a fojas 3 del Expediente N° 1.706.201/16.

ARTÍCULO 3°

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda en el legajo del...

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