Resolución 231/2009

Fecha de publicación08 Septiembre 2009
Fecha de disposición08 Septiembre 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31732

Ministerio de Salud

SALUD PUBLICA

Resolución 231/2009

Apruébase el mecanismo de revalidación para anunciarse como especialista para especialidades médicas y odontológicas.

Bs. As., 31/8/2009

VISTO el Expediente Nº 2002-03157/09-3, la Ley Nº 17.132, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias, su Decreto Reglamentario Nº 6216/67 y modificatorios, la Ley Nº 23.873 y su Decreto Reglamentario Nº 10/03 y modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 17.132 establece las condiciones para el ejercicio profesional de la medicina, la odontología y las actividades de colaboración de las mismas en el ámbito de regulación y fiscalización del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION.

Que, la Ley Nº 23.873 modificó los artículos Nº 21 y Nº 31 de la Ley Nº 17.132 en lo relativo al empleo de títulos o certificados de especialistas y a anunciarse como tales a los especialistas médicos y especialistas odontólogos.

Que los Decretos Nº 10/03 y Nº 587/04 reglamentaron las modificaciones establecidas en la Ley Nº 23.873.

Que, la misma Ley establece que la autorización oficial para anunciarse como especialista tendrá una duración de (cinco) 5 años y podrá ser revalidada cada (cinco) 5 años mediante acreditación, durante ese lapso, de antecedentes que demuestren continuidad en la especialidad, y una entrevista personal o examen de competencia, de acuerdo a la reglamentación que se establezca.

Que, el Decreto Nº 10/03 reglamentario de la Ley Nº 23.873 en su artículo 2º faculta al MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION para dictar las normas complementarias, aclaratorias o interpretativas que se requiera para su aplicación.

Que, en razón de lo expresado en los considerandos anteriores corresponde iniciar el procedimiento de revalidación de profesionales con certificado de especialista como una modalidad de garantía de la calidad del Recurso Humano en Salud.

Que, la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD ha elaborado la presente norma y presta su conformidad.

Que, la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS, la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION y la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS avalan los contenidos de la presente.

Que, la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébase el mecanismo de revalidación para anunciarse...

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