Resolución 138/2009

Fecha de publicación27 Agosto 2009
Fecha de disposición27 Agosto 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31724

2 REPRESENTANTES de UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION 1 REPRESENTANTE de la ASOCIACION DE TRABAJADORES DEL ESTADO 1 REPRESENTANTE DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER 1 REPRESENTANTE DE LA COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS DISCAPACITADAS ARTICULO 7º -- Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL y a la SUBGERENCIA RECURSOS HUMANOS. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la REPUBLICA ARGENTINA. Publíquese en el BOLETIN de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. -- Dr. RAUL OSCAR RACANA,

Presidente del Directorio.

NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - de la REPUBLICA ARGENTINA. Publíquese en el BOLETIN de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. -- Dr. RAUL OSCAR RACANA, Presidente del Directorio.

NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.

boletinoficial.gov.ar e. 27/08/2009 Nº 70721/09 v. 27/08/2009 AUTORIDAD REgULATORIA NUCLEAR DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION Resolución Nº 139/2009

Bs. As., 20/8/2009

VISTO la Nota SG Nº 406/08, la Ley Nº 26.422, la Ley Nº 24.804, su Decreto Reglamentario 1390/98, la Resolución de Directorio Nº 8/99 y sus modificatorias Resoluciones de Directorio Nros 93/05 y 138/06, Decreto Nº 214/06, y CONSIDERANDO:

Que por Ley Nº 26.422 --Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Ejercicio 2009-- se exceptúa a la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN), organismo autárquico dependiente de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, de las disposiciones del Artículo 7º de la Ley, a fin de proceder a la cobertura de los cargos vacantes financiados en la ARN.

Que la referida Ley Nº 24.804, en su Capítulo II, Artículo 27, establece que el personal de esta ARN estará sometido al régimen de la Ley de Contrato de Trabajo y a las condiciones especiales que se establezcan en la reglamentación, no siendo de aplicación el Régimen Jurídico Básico de la Función Pública.

Que por Resolución de Directorio Nº 8/99 se aprobó el Reglamento del Personal de esta ARN, el cual fue modificado por las Resoluciones de Directorio Nros 93/05 y 139/06.

Que en el Título II 'Personal Permanente' -...

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