Resolución 649.

Fecha de disposición30 Noviembre 2016
Fecha de publicación30 Noviembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 649/2016

Buenos Aires, 22/11/2016

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR 0.11.1, Revisión 3 "Licenciamiento de Personal de Instalaciones Clase I" y el Procedimiento de esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) G-DIR-10, Revisión 06 "Licenciamiento de Personal de Instalaciones Clase l (Relevantes) y Clase II y III (No Relevantes) del Ciclo de Combustible Nuclear", lo actuado por las GERENCIAS LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES y SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la ARN en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que las GERENCIAS LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES y SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS han verificado que la formación, capacitación, y el reentrenamiento de los solicitantes de Licencias Individuales, Autorizaciones Específicas y de renovaciones de Autorizaciones Específicas se ajustan a los requerimientos establecidos en la Norma AR 0.11.1 y el Procedimiento citado en el VISTO.

Que el CONSEJO ASESOR PARA EL LICENCIMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE I (RELEVANTES) Y CLASE II Y III (NO RELEVANTES) DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR (CALPIR), en su nota CALPIR N° 29/16 correspondiente a su Reunión N° 302 recomendó dar curso favorable a los trámites de solicitudes de Licencias Individuales, Autorizaciones Específicas y de renovaciones de Autorizaciones Específicas para el personal que se desempeña en Instalaciones Clase I.

Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS y LA SUBGERENCIA GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear es la autoridad competente para el dictado del presente Acto, conforme lo establecen los Artículos 16, Inciso b) y c) y 22 de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 16 de noviembre de 2016 (Acta N° 44),

EL DIRECTORIO

DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°

Otorgar las Licencias Individuales, Autorizaciones Específicas y las renovaciones de Autorizaciones Específicas...

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