Resolución 111/2009
Emisor | Fuerzas Armadas y de Seguridad |
Fecha de la disposición | 24 de Agosto de 2009 |
Declárase de Interés Nacional el 'I Congreso Nacional e Internacional del Catastro en la Argentina' y 'II Encuentro Provincial de Catastro - Córdoba' a desarrollarse en la ciudad de Córdoba.
Bs. As., 18/8/2009
VISTO la Actuación Nº 58420-09-1-7 del Registro de la PRESIDENCIA de la NACION por medio de la cual tramita la solicitud de declarar de Interés Nacional los eventos: 'I CONGRESO NACIONAL E INTERNACIONAL DEL CATASTRO EN LA ARGENTINA' y 'II ENCUENTRO PROVINCIAL DE CATASTRO --CORDOBA--', y CONSIDERANDO:
Que la solicitud es presentada por el CONSEJO FEDERAL DEL CATASTRO, organismo interestatal creado a partir de la Ley 26.209, integrado por todos los Catastros de las Provincias y de la Nº 31.721 13 rivadas con un mínimo de CINCO (5) días hábiles previos, para permitir la confección del CPI y las coordinaciones del personal técnico y operativo de los Organismos intervinientes.
En los casos de diferencias o discrepancias serán rechazados aquellos ítems observados como No Aprobados y se procederá a autorizar el material Aprobado del CPI para su posterior libramiento, de conformidad con las normas aduaneras.
Las FUERZAS ARMADAS, de acuerdo a las características del material a verificar, podrán solicitar a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS el traslado interdicto de la mercadería desde el depósito aduanero a los sitios de inspección, siendo responsables de ello y asumiendo la figura de depositario fiel sin derecho a uso, comprometiéndose en los términos del artículo 263 y concordantes del Código Penal. Asimismo, comunicarán al INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS PARA LA DEFENSA con CUARENTA Y OCHO (48) horas hábiles de anticipación lugar, fecha y hora de la inspección establecidas por la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.
Si hubiere cambio de jurisdicción aduanera a raíz de la interdicción, se solicitara en ese mismo acto el traslado de las actuaciones administrativas a la nueva Aduana interviniente.
EJERCITO ARGENTINO: BASE DE APOYO LOGISTICO COMODORO RIVADAVIA, ROSARIO Y MENDOZA, ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO ( Nº 31.721 14
ANEXO V SOLICITUD DE AUTORIZACION DE IMPORTACION DE MATERIAL BELICO (SAIMB Derivada) ANEXO VI SOLICITUD DE AUTORIZACION DE IMPORTACION DE MATERIAL BELICO (Derivada) INSTRUCTIVO:
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Fuerza: se colocará el nombre de la Institución importadora.
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Fecha: se colocará la fecha de carga en el sistema.
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Ejercicio: se consignará el año del ejercicio presupuestario en el que se impute el documento de compra.
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Documento de Transporte: se colocará el número completo de la Guía aérea, Conocimiento de embarque o Carta de Porte.
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SAIMB Derivada Nº: la numeración se conformará con el número de la SAIMB Principal seguida de un guión y números a partir del 01, por ejemplo 001/09-01. Ante otro envío parcial de la misma SAIMB Principal le corresponderá el 001/09-02 y sucesivos.
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Aduana de Ingreso: se identificará la Aduana por la que ingresará al país la mercadería.
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Renglón Nº: se transcribirán los números consignados en la SAIMB Principal correspondiente, manteniendo el mismo orden, a fin de facilitar la tarea de control.
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Denominación del Efecto: se transcribirán los datos consignados en la SAIMB Principal.
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Número OTAN de Catalogación (NOC):se transcribirán los datos consignados en la SAIMB Principal.
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Número de Parte: se transcribirán los datos consignados en la SAIMB Principal.
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Sistema de Armas: se transcribirán los datos consignados en la SAIMB Principal.
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Posición Arancelaria: se colocará la clasificación arancelaria del efecto a importar, de acuerdo al Nomenclador Común del MERCOSUR.
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Proveedor: se transcribirán los datos consignados en la SAIMB Principal.
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Fabricante: se identificará al fabricante del efecto a...
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