Resolución 636/2023

Fecha de publicación28 Septiembre 2023
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 26/09/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2022-107904344--APN-DGDYD#JGM, las Leyes N° 17.285 (Código Aeronáutico) y N° 19.030 (Política Nacional de Transporte Aéreo Comercial), el Convenio de Transporte Aéreo Comercial entre el gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA y el gobierno de CANADÁ de fecha 8 de mayo de 1979, aprobado por Ley Nº 23.453 y el Acta de Entendimiento de fecha 28 de agosto de 1996; el Acuerdo sobre Transporte Aéreo suscripto con la REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL con fecha 2 de junio de 1948 y aprobado por Ley N° 13.920, y Actas de Reunión de Consulta de fechas 22 de marzo de 2001, 19 de octubre de 2006 y 27 de noviembre de 2019, los Decretos N° 1.401 de fecha 27 de noviembre de 1998 y N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, la Resolución Nº 372 de fecha 28 de septiembre de 2001 del ex - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, la Resolución N° 600 de fecha 19 de septiembre de 2007 de la ex - SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN, PÚBLICA Y SERVICIOS, y las Resoluciones de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL N° 477 de fecha 19 de mayo de 2010, N° 182 de fecha 22 de marzo de 2017 y N° 341-E de fecha 27 de junio de 2022; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto, tramita el requerimiento efectuado por las Empresas AIR CANADA (CUIT N° 30-71009619-4) y GOL LINHAS AÉREAS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30- 71108295-2), a fin de obtener la ampliación del Convenio de Código Compartido que suscribieran y de sus Apéndices A1 y A2, por medio de la incorporación de las siguientes rutas: TORONTO (CANADÁ) – SAN PABLO (REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL) - MENDOZA (REPÚBLICA ARGENTINA) y regreso, con el trayecto entre TORONTO y SAN PABLO a ser operado por la Empresa AIR CANADA y comercializado por la Empresa GOL LINHAS AÉREAS S.A. y los puntos SAN PABLO a MENDOZA a ser operados por la Empresa GOL LINHAS AÉREAS S.A. y comercializados por la Empresa AIR CANADA; y MONTREAL (CANADÁ) – SAN PABLO (REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL) – MENDOZA (REPÚBLICA ARGENTINA) y regreso, con el trayecto entre MONTREAL y SAN PABLO a ser operado por la Empresa AIR CANADA y comercializado por la Empresa GOL LINHAS AÉREAS S.A. y los puntos SAN PABLO a MENDOZA a ser operados por la Empresa GOL LINHAS AÉREAS S.A. y comercializados por la Empresa AIR CANADA.

Que a través de la Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) N° 341- E de fecha 27 de junio de 2022 se aprobó el Acuerdo...

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