Resolución 631/2021

Fecha de publicación26 Mayo 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE CULTURA


Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-24635291- -APN-DGD#MC, la Ley Nº 25.197 y su Decreto Reglamentario N° 843 de fecha 4 de noviembre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.197 - REGIMEN DEL REGISTRO DEL PATRIMONIO CULTURAL - tiene por objeto la centralización del ordenamiento de datos de los bienes culturales de la Nación, en el marco de un sistema de protección colectiva de su patrimonio a partir de la identificación y registro del mismo, el que se denomina REGISTRO NACIONAL DE BIENES CULTURALES.

Que por el Decreto N° 843/20 se aprueba la Reglamentación de la Ley sobre el “Régimen del Registro del Patrimonio Cultural” Nº 25.197.

Que por el artículo 3° del Decreto N° 843/20 se faculta al MINISTERIO DE CULTURA, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIENES Y SITIOS CULTURALES a dictar las normas complementarias necesarias para el efectivo cumplimiento de la Reglamentación.

Que por el artículo 5° de la Ley se establece que cada bien cultural debe contener en su registro: título, autor, fecha, técnica, material, medidas, descripción, referencias, bibliografía, procedencia, altas y bajas, estado de conservación, localización, organismo responsable, situación jurídica y valoración económica, y fotografía.

Que existen diversas metodologías y sistemas de inventario para los bienes culturales, y que pueden haber diversas denominaciones y alcance entre el registro establecido en la normativa referida y aquellos utilizados en los inventarios existentes de los organismos nacionales.

Que en atención a las diversas metodologías y sistemas de inventario de bienes culturales existentes, la información de los atributos definidos para el REGISTRO NACIONAL DE BIENES CULTURALES puede estar contenida en más de un atributo o campo del inventario existente en los organismos nacionales, y viceversa.

Que resulta necesario establecer el alcance y la definición de los atributos indicados en el Decreto N° 843/20 reglamentario de la Ley N° 25.197 a fin de que los organismos nacionales puedan establecer las equivalencias con los atributos de sus respectivos inventarios de bienes culturales.

Que conforme indica el artículo 5º del Anexo del Decreto N° 843/20, los organismos nacionales deberán aprobar por acto administrativo del titular de la Cartera a la que pertenecen, la equivalencia de las denominaciones de los atributos de los...

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