Resolución 627-E.

Fecha de disposición11 Agosto 2017
Fecha de publicación11 Agosto 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 627-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 23/06/2017

VISTO el Expediente N° 1.754.211/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/12 del Expediente N° 1.760.860/17 agregado a fojas 25 de los autos citados en el VISTO, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONÓMICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UTHGRA) por la parte gremial y la ASOCIACIÓN DE HOTELES DE TURISMO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por el sector empresario, ratificado a fojas 27 por medio del Acta que lo integra, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han convenido un incremento salarial y el pago de sumas no remunerativas, para el personal alcanzado por el Convenio Colectivo de Trabajo N° 362/03, cuya vigencia opera a partir del día 1 de Junio de 2017, con las consideraciones y modalidades obrantes en el texto al cual se remite.

Que las partes son signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo 362/03, entre otros integrantes del sector empresario.

Que en relación con el carácter atribuido al incremento pactado, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin de que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (1976)."

Que el ámbito de aplicación del Acuerdo celebrado, se corresponde con el alcance de...

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