Resolucion 592

Fecha de disposición18 Julio 2007
Fecha de publicación18 Julio 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31198
ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO Expediente Nº 1.214.654/07

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE BASE TOPE ENTRADA EN PROMEDIO INDEMNIZATORIO VIGENCIA UNION OBREROS Y EMPLEADOS 01/04/2007 $ 1.530,34 $ 4.591,03

PLASTICOS c/ CAMARAARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLASTICA 01/05/2007 $ 1.683,65 $ 5.050,96

01/07/2007 $ 1.760,36 $ 5.281,09

CCT 419/05

Expediente Nº 1.214.654/07

BUENOS AIRES, 29 de junio de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 591/07, se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, Quedando registrado con el número 697/07.

-- VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 592/2007

Registro Nº 702/07

Bs. As., 27/6/2007

VISTO el Expediente Nº 1.170.543/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 569 de fecha 29 de agosto de 2006 y CONSIDERANDO:

Que a fojas 7 del Expediente Nº 1.170.543/06 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE EMPLEADOS TEXTILES DE LA INDUSTRIA Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la FEDERACION DE INDUSTRIAS TEXTILES ARGENTINAS, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 123/90 conforme dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo salarial homologado por Resolución S.T.

Nº 569/06 y registrado bajo el Nº 559/06, conforme surge de fojas 49/51 y 53 vuelta, respectivamente.

Que por su parte, a fojas 58/62 obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO, el cual da cuentas del cálculo de la base promedio mensual y el tope indemnizatorio correspondiente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de...

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