Resolución 1695/2009

Fecha de disposición28 Mayo 2009
Fecha de publicación28 Mayo 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31662

CUATRO (4) lámparas ultravioleta, UN (1) detector de metales portátil, UN (1) láser portátil, UN (1) generador de niebla y UN (1) fotocomparador.

ARTICULO 2º

Adjudícase conforme lo previsto en los considerandos de la presente, a la firma LOBOV Y CIA. S.A. los renglones Nros. 1 --Oferta Alternativa-- y 7 con la bonificación del DOS POR CIENTO (2%) ofrecida por la suma de PESOS NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y UNO CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 97.161,86), a la firma BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L. los renglones Nros. 5 y 15, por la suma de PESOS VEINTE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON DIEZ CENTAVOS ($ 20.384,10), a la firma PROMETIN S.A. el renglón Nº 6 --Oferta Base--, por la suma de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($ 2.787.860,00), a la firma RESAICAR S.R.L. el renglón Nº 8, por la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL ($ 3.690.000,00) y a la firma INSTRUMENTACION CIENTIFICA S.A., el renglón Nº 16 por la suma de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS ($ 64.200,00).

ARTICULO 3º

Desestímanse las propuestas realizadas por las firmas PROVEEDURIA MEDICA S.R.L. y LASER OPTICS S.A. por no haber dado cumplimiento en forma satisfactoria a la intimación cursada; VARIAN ARGENTINA LTD. SUCURSAL ARGENTINA, BIO ANALITICA ARGENTINA S.A. y DISTRIBUIDORA SICAR S.R.L. por ser inadmisibles sus ofertas a tenor de lo estipulado en el artículo 74 inciso g) del Anexo al Decreto Reglamentario Nº 436/00; PROMETIN S.A.

en las Alternativas 1 y 2 del renglón Nº 6 por no ajustarse a las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; SANTIAGO DISTRIFOT S.R.L.; SOLFACAR S.R.L., LASARTE HNOS. S.R.L. y RESEARCH AG S.A. por no haber dado cumplimiento a la intimación cursada; CARL ZEISS ARGENTINA S.A. por no ajustarse el elemento ofrecido a las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; SIPEL S.R.L. por ser inadmisible su oferta a tenor de lo estipulado en el Artículo 74 inciso c) del Anexo al Decreto reglamentario Nº 436/00; LOBOV Y CIA. S.A. el renglón Nº 10 por no ajustarse a las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; JENCK S.A., los Renglones Nros. 2 y 3 - Oferta Base y Alternativa por no ajustarse a las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; y téngase por desistida la propuesta de la firma PERCLES S.A. conforme lo establecido en los considerandos de la presente.

ARTICULO 4º

Declárense fracasados los renglones Nros. 2, 3, 4, 9, 10, 11, 12 y 13 por no haberse recibido oferta válida alguna.

ARTICULO 5º

Declárase desierto el renglón Nº 14 por no haberse recibido oferta alguna.

ARTICULO 6º

A los fines de...

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