Resolución 1469/2009

EmisorMinisterio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
Fecha de la disposición15 de Mayo de 2009

Que, a ese efecto, se entiende necesario instruir a ese organismo para que, en un plazo perentorio, implemente un nuevo procedimiento para la inscripción registral de los motovehículos, de modo que las unidades sólo sean retiradas de sus lugares de venta con su debida identificación o con constancia de haberse iniciado los trámites necesarios a ese efecto.

Que, con el objeto de llevar un control permanente y actualizado sobre las unidades que se comercializan, ese procedimiento deberá incluir el envío electrónico de información hacia el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, en primer término desde los fabricantes o importadores y.

posteriormente, desde sus concesionarios.

Que ha tomado debida intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2º del 'Reglamento de Procedimientos Administrativos - Decreto Nº 1759/72, T.O. año 1991'.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Instrúyese a la DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS para que en el plazo de TREINTA (30) días implemente un nuevo procedimiento para la inscripción registral de los motovehículos, que garantice que las unidades vendidas sólo sean retiradas de sus lugares de venta con posterioridad a su registración o munidas de una constancia que dé cuenta de que se han iniciado los trámites necesarios a ese efecto.

ARTICULO 2º

El procedimiento al que hace referencia el artículo 1º de la presente deberá contemplar la obligación de que los fabricantes e importadores, así como sus concesionarios inscriptos en el Registro de Comerciantes Habitualistas que lleva la DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS, informen a ese organismo, en forma permanente, las unidades ofrecidas en venta y posteriormente vendidas.

ARTICULO 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Dr. ANIBAL D. FERNANDEZ, Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.

e. 15/05/2009 Nº 40649/09 v. 15/05/2009 MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Resolución Nº 1446/2009

Bs. As., 8/5/2009

VISTO el Expediente Nº S02:0025954/08 del registro de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, los Decretos Nros. 436 del 30 de mayo de 2000 y sus modificaciones, 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1344 del 4 de octubre de 2007, Resoluciones M.J.S. y D.H. Nros. 123 del 23 de enero de 2008 y 281 del 12 de febrero de 2008, y CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, se tramita la contratación para la adquisición de vehículos nuevos 0 km, para la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que resulta conveniente encuadrar el procedimiento en la figura de la Licitación Pública de Etapa Unica Nacional, contemplada en los artículos 25, inciso a), apartado 1 y 26, inciso a), apartado 1 e inciso b), apartado 1 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1023/01 y en lo reglamentado en los artículos 20, inciso a); 21, incisos a) y c); 22, inciso c);

24 inciso a), 30; 32 y 34 del 'Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional', aprobado por el Decreto Nº 436/00.

Que el gasto que demanda la contratación asciende a la suma de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 5.650.000,00).

Que siendo así, corresponde autorizar la contratación y aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que corre agregado de fojas 29 a 35 del expediente citado en el Visto, el que llevará adjunto el 'Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional'' aprobado por la Resolución M.E. Nº 834 del 12 de octubre de 2000 y el 'Régimen de Compre Trabajo Argentino' establecido por la Ley Nº 25.551, de conformidad con lo establecido en el artículo 11, incisos a) y b) del Decreto N° 1023/01 y artículo 24, incisos a) y b) del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 436/00.

Que se ha dado cumplimiento a lo previsto en las Resoluciones M.J.S. y D.H. Nros. 123/08 y 281/08.

Que han tomado la intervención que les compete la ASESORIA JURIDICA de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 35 del Decreto Nº 1344/07.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Autorízase a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA a efectuar el llamado a Licitación para la adquisición de vehículos nuevos 0 Km para la citada Institución, bajo el régimen de Licitación Pública de Etapa Unica Nacional, establecido en los artículos 11 inciso a): 25, inciso.

a), apartado 1 y 26, inciso a), apartado 1 e inciso 6), apartado 1 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1023/01 y en los artículos 20, inciso a); 21, incisos a) y c) 22, inciso c); 24 Inciso a); 30; 32 y 34 del Reglamento para la Adquisición Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional' aprobado por el Decreto Nº 436/00.

ARTICULO 2º

Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que obra agregado de fojas 29 a 35 vuelta del expediente indicado en el Visto, conforme a Io establecido en el artículo 11, inciso b), del Decreto Nº 1023/01 y en el artículo 24, inciso b), del Decreto Nº 436/00.

ARTICULO 3º

El gasto que demande la presente medida se imputará con cargo a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio 2009 del Presupuesto de la Jurisdicción 40 -MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS- Subjurisdicción 06 -PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

ARTICULO 4º

Comuníquese, publíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. --...

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