Resolución 353/2009

EmisorServicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Fecha de la disposición 8 de Mayo de 2009

CUIT RAZON SOCIAL TONELADAS 30567940612 PERRIN S.R.L. 1,657

30504131889 QUICKFOOD S.A. 46,271

33653249549 RUNFO S.A. 7,555

30506730038 S.A. IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE LA PATAGONIA 8,772

30560378056 JBS ARGENTINA S.A. (ex SWIFT ARMOUR S.A.) 25,155

30703376009 VARE S.A. 2,337 DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Resolución 26/2009

Prórroga Habilitación Provisoria Zona Operativa Aduanera. Aduana de Río Gallegos.

Bs. As., 5/5/2009

VISTO la actuación SIGEA Nº 12779-84-2009 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la División Aduana de Río Gallegos solicita una nueva prórroga por el término de CIENTO OCHENTA (180) días a la habilitación provisoria otorgada mediante Resolución DGA Nº 85/2008 de la Zona Operativa Aduanera ubicada en un predio de TREINTA MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 54/100 METROS CUADRADOS (30.155,54 m2) de superficie, sobre la Ruta Nacional Nº 3, en la ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz.

Que se encuentra acreditada en actos la continuidad de la situación que diera origen a la habilitación provisoria otorgada, atento que a la fecha no han finalizado la totalidad de las obras de infraestructura para adecuar el predio en función de las operaciones de comercio exterior a realizarse en dicho lugar operativo.

Que han tomado la intervención que les compete la División Aduana de Río Gallegos, la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada con carácter provisorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por la Resolución DGA Nº 85/08.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el Artículo 9º apartado 2 inc. n) del Decreto 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVIE

Artículo 1º

Prorrogar la habilitación aduanera provisoria otorgada a la Zona Operativa Aduanera ubicada en el predio de TREINTA MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 54/100.

METROS CUADRADOS (30.155,54 m2) de superficie, sito en la Ruta Nacional Nº 3 de la ciudad de Río Gallegos Provincia de Santa Cruz, mediante Resolución DGA Nº 85/08, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por esta última, con igual carácter e idéntico alcance.

Art. 2º

Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y publíquese en el Boletín de esta Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia. Remítanse los actuados a la División Aduana de Río Gallegos para su conocimiento, notificación y aplicación. -- María S. Tirabassi.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Resolución 27/2009

Incorporación al Sistema de Transferencia Electrónica. 'Consulta Régimen de Aduanas en Factoría'.

Bs. As., 5/5/2009

VISTO la ACTUACION SIGEA Nº 13662-382009, del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma el Departamento Grandes Operadores eleva la nómina de las firmas que, conforme lo estipulado en el artículo 1º de la Resolución General AFIP Nº 2550, solicitaron su incorporación al nuevo sistema de transferencia electrónica de datos, denominado 'Consulta Régimen de Aduanas en Factoría'.

Que el objetivo principal para la implementación del aludido sistema, apunta esencialmente al control de inventario y de movimiento de mercaderías de los sujetos adheridos al Régimen de Aduanas en Factoría, a través del Servicio WEB de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Que ello posibilita esencialmente el control de auditoría referenciado en el artículo 7º de la Resolución General Conjunta AFIP Nº 1424/03.

Que en función de lo expuesto precedentemente y hasta tanto se efectúe la migración al nuevo sistema establecido por la AFIP, de la información obrante en el Sistema Consensuado (Anexo VII de la Resolución General AFIP Nº 1673 hoy dejada sin efecto), corresponde imponer a la firmas usuarias del Régimen de Aduanas en Factoría la obligación de conservar la información allí reunida, por el término de CINCO AÑOS (5) años contados desde su incorporación al nuevo sistema.

Que sentado lo expuesto y habiéndose corroborado, a través del Departamento Control de Desarrollo y Operaciones de Sistemas Aduaneros, que se han efectuado por parte de las firmas solicitantes los desarrollos informáticos necesarios, corresponde autorizar la incorporación de las mismas al aludido sistema.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9, apartado 2, incs. a), p) del Decreto 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA...

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