Resolución 351/2009

Fecha de la disposición 5 de Mayo de 2009

Que de la evaluación Jurídico-Personal efectuada por la Dirección de Normalización, surge que la propuesta en cuestión no reúne los requisitos exigidos por las normas que regulan la materia.

Que el oferente no ha adjuntado la documentación mínima e indispensable a los efectos de evaluar su capacidad patrimonial de conformidad con lo dispuesto por el artículo 45 incisos c) y e) de la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias.

Que habiéndose cumplido en exceso el plazo otorgado por las diversas intimaciones cursadas, el oferente no ha presentado la documentación requerida, razón por la cual corresponde tener por incumplidos los requisitos exigidos por los artículos precedentemente citados.

Que bajo tales antecedentes, no resulta plausible dar curso favorable a la solicitud de adjudicación de licencia efectuada por el señor Ismael Gustavo HUANQUE.

Que la Comisión de Preadjudicación, designada por Resolución Nº 1060-COMFER/08, se expidió propiciando el rechazo de la solicitud presentada por el señor HUANQUE por resultar inadmisible.

Que, conforme surge de lo normado por el Decreto Nº 883/01, el informe justificativo elaborado por este COMITE FEDERAL se encuentra aprobado.

Que consecuentemente, la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha emitido el dictamen pertinente.

Que la presente se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 95 y 98 de la Ley Nº 22.285 y por el artículo 2º del Decreto Nº 520 de fecha 31 de marzo de 2008.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION RESUELVE:

ARTICULO 1º

Recházase la solicitud de adjudicación directa de una licencia efectuada por el señor Ismael Gustavo HUANQUE (D.N.I. Nº 24.019.639) para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, Categoría E, en la localidad de ZAPALA, provincia del NEUQUEN, en atención a las razones expuestas en los considerandos.

ARTICULO 2º

Comuníquese lo resuelto en la presente a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.

ARTICULO 3º

Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido ARCHIVESE (PERMANENTE). -- Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO,

Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.

e. 05/05/2009 Nº 37089/09 v. 05/05/2009 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Resolución Nº 351/2009

Bs. As., 29/4/2009

VISTO el Expediente del Registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Nº 1425.00.0/06, y CONSIDERANDO:

Que las actuaciones mencionadas en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR