Resolución 562/2023

Fecha de publicación06 Julio 2023
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales,undefined
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA


Ciudad de Buenos Aires, 04/07/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-68151465-APN-SE#MEC, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 24.065 se sancionó el marco regulatorio del mercado eléctrico.

Que la mencionada ley establece que el régimen de ampliación del transporte, a pesar de su naturaleza monopólica, incorpora mecanismos para la ampliación por libre iniciativa y a propio riesgo de quien la ejecute.

Que a lo largo de los años se ha sancionado diversa normativa para promover la ampliación del sistema de transporte eléctrico, de acuerdo con las necesidades del contexto imperante.

Que, en los últimos años, la incorporación de potencia para abastecer el crecimiento de la demanda eléctrica se vinculó al sistema de transporte eléctrico en puntos alejados de los grandes centros de carga, y no fue acompañada por inversiones de magnitud en dicho sistema, lo que ha derivado en la operación del sistema a plena capacidad, produciéndose inclusive congestiones en la red de Alta Tensión en determinados momentos.

Que, por otra parte, la Ley N° 27.191 establece como objetivo, en el marco del Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica, lograr una contribución de las fuentes renovables de energía hasta alcanzar el VEINTE POR CIENTO (20%) del consumo de energía eléctrica nacional al 31 de diciembre de 2025.

Que, asimismo, la citada norma prevé que los Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista y las Grandes Demandas que sean Clientes de los Prestadores del Servicio Público de Distribución o de los Agentes Distribuidores, con demandas de potencia iguales o mayores a TRESCIENTOS KILOVATIOS (300 kW) deberán cumplir efectiva e individualmente con los objetivos de la ley respecto al cubrimiento de su consumo con generación de fuentes renovables y que, a tales efectos, podrán autogenerar o contratar la compra de energía a un generador, a una distribuidora que la adquiera en su nombre a un generador, a un comercializador o comprarla directamente a COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).

Que la expansión de la generación de energía eléctrica de fuentes renovables implica una mayor diversificación de la matriz energética nacional, la expansión de la potencia instalada con proyectos que tienen un corto plazo de ejecución relativo, la creación de empleo y la contribución a la mitigación del cambio climático.

Que, bajo el marco descripto, y con el objetivo de promover las...

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