Resolución 555.

Fecha de disposición25 Noviembre 2015
Fecha de publicación25 Noviembre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 555/2015

Bs. As., 06/11/2015

VISTO el Expediente N° S01:0315373/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Resolución N° 615 de fecha 24 de julio de 2015 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 615 de fecha 24 de julio de 2015 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se crea en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS el "Programa de Estímulo al Pequeño Productor de Granos - Fase 2.0".

Que el beneficio contemplado en dicho régimen consiste en una compensación económica a aquellos productores que hubieren obtenido hasta un total acumulado de MIL TONELADAS (1.000 t) de trigo y/o soja y/o maíz y/o girasol, en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, en la campaña 2013/2014, según la estimación diferencial y el tope de producción previstos en el Artículo 2° de esa resolución.

Que la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR dependiente de la SECRETARÍA DE COMERCIO ha procedido a efectuar los cálculos de los beneficios en base a la información suministrada por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, en relación a la Resolución General N° 2.750 de fecha 18 de enero de 2010 de ese Organismo Recaudador.

Que, para ello, se encuadró a los beneficiarios en los estratos establecidos por la Resolución N° 615/15 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, arrojando el monto de la compensación estímulo, detallada en el Anexo de la presente resolución.

Que corresponde, en consecuencia, aprobar las compensaciones económicas, resultantes de dichos cálculos a aquellos productores que han cumplimentado con los requisitos exigidos en el mencionado Programa.

Que las compensaciones que por la presente medida se aprueban corresponden al mes de octubre de 2015 para aquellos productores que ya fueron beneficiados con pagos de esta Secretaría.

Que, asimismo, se agregan como beneficiarios en este acto aquellos productores inscriptos entre los días 1 y 31 de octubre de 2015, correspondiendo sus compensaciones al conjunto de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2015.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que...

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