Resolución 54/2021

Fecha de publicación01 Junio 2021
SecciónResoluciones
EmisorDEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL


Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2021

VISTO el Expediente N° 71/2021 del Registro de esta DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, la Resolución DPSCA N° 8 de fecha 4 de febrero de 2014, Resolución DPSCA N° 134 de fecha 16 de diciembre de 2014, el Acta de la Comisión Paritaria Permanente y Negociadora de la Defensoría del Público del Servicios de Comunicación Audiovisual N° 6 de fecha 15 de abril de 2021 y,

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO se propicia el pago de la bonificación por permanencia establecida en el artículo 168 inciso I c) para aquellos trabajadores de planta permanente que revistan en las categorías superiores de los niveles D y E y hubieran cumplido con la cantidad de evaluaciones de desempeño, los años de permanencia máximos y los créditos de capacitación requeridos en el artículo 116° del citado Estatuto del Personal hasta que se produzca el ascenso de categoría por promoción.

Que surge del artículo 1° del Acta Acuerdo N° 6 de la Comisión Paritaria “… una afectación de la carrera administrativa de los trabajadores y trabajadoras de la Defensoría, a causa de la imposibilidad de progresión en la carrera a los que se encuentran revistando en la categoría máxima de cada nivel, se acuerda avanzar en un proceso de revisión conjunta de la normativa al respecto”, según lo solicitado por los representantes sindicales.

Que asimismo, en su cláusula segunda “…se acuerda que los trabajadores y trabajadoras que están actualmente revistando en los niveles más bajos “D y E”, a partir del 1 de mayo de 2021 percibirán la bonificación por permanencia en la categoría del artículo 168 I c) hasta que se produzca el ascenso de categoría por promoción o progresión,…”.

Que conforme lo dispuesto en la Resolución DPSCA N° 145 de fecha 3 de noviembre de 2016, la Comisión Paritaria Permanente y Negociadora que funciona en el ámbito de la DEFENSORIA DEL PUBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL contribuirá a la elaboración de normas reglamentarias, de interpretación, complementarias y de aplicación del Estatuto de Personal promoviendo mejoras en las condiciones de trabajo sobre la base de los principios de irrenunciabilidad y progresividad de los derechos de las/los empleadas/os contenidos en el artículo 60 de la Ley 24.600.

Que en consecuencia corresponde propiciar el dictado del acto administrativo correspondiente.

Que la DIRECCION GENERAL ADMINISTRATIVA, la DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCION LEGAL Y TECNICA han...

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