Resolución 284/2009

Fecha de publicación16 Marzo 2009
Fecha de disposición16 Marzo 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31615

Acláranse alcances de la Resolución Nº 1232/01 en relación con los Estándares para las carreras de Ingeniería.

Bs. As., 10/3/2009

VISTO, los Exptes. Nros. 7113/07, 5746/06, 2869/04, 7118/05, 5272/02 del registro del entonces MINISTERIO DE EDUCACION,

CIENCIA Y TECNOLOGIA; Expte. Judicial Nº 1214/05; los Exptes. Nros. 531/00 y 37.723/82 del registro del entonces MINISTERIO DE EDUCACION, el Expte. Nº 220004141/07 del MINISTERIO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, el Expte. de la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR Nº 1455/96 - 2º Antecedente, las Resoluciones Nros. 1232 de fecha 21 de diciembre de 2001 y 1054 de fecha 29 de octubre de 2002 del entonces MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA y el Acuerdo Plenario Nº 55 del CONSEJO DE UNIVERSIDADES de fecha 5 de noviembre de 2008, y CONSIDERANDO:

Que en los expedientes citados se realizaron planteos sobre el alcance de algunas competencias profesionales reservadas a los titulas de INGENIERO CIVIL y de INGENIERO AGRIMENSOR incluidos en el régimen del artículo 43 de la Ley Nº 24.521 por las Resoluciones Ministeriales Nros. 1232/01 y 1054/02 respectivamente.

Que la Resolución Ministerial Nº 1232/01 establece como Actividades Profesionales Reservadas para el título de INGENIERO CIVIL (Anexo V-4), entre otras, las siguientes: 'B-2. Trabajos topográficos y geodésicos, y B-2 a) Trabajos topográficos y geodésicos que fuera necesario ejecutar para el estudio, proyecto, dirección y construcción de las obras a que se refiere el párrafo A.

(Se tomará uno de los incisos anteriores 2) ó 2ª), según el contenido y extensión de los párrafos correspondientes del currículo de la carrera).

Que la Resolución Ministerial Nº 1054/02 establece como actividades Profesionales Reservadas para el título de AGRIMENSOR (Anexo V-1) entre otras, las siguientes: inciso d) 'realizar por mensura la determinación, demarcación y verificación de inmuebles y parcelas y sus afectaciones'.

Que se han analizado las solicitudes de opinión emanadas del Consejo de Universidades a las UNIVERSIDADES NACIONALES DE LA PLATA, DEL LITORAL, DE ROSARIO, TECNOLOGICA, DEL SUR, DE CORDOBA y DE BUENOS AIRES en relación a la cuestión planteada.

Que se ha efectuado el relevamiento de diferentes presentaciones reatadas ante este Ministerio por Ingenieros Civiles y Agrimensores o por sus respectivos Colegios o Federaciones.

Que el CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL, mediante Acuerdo Plenario Nº 646/07, en su Anexo II, señaló que...

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