Resolución 53/2019

Fecha de publicación24 Junio 2019
SecciónResoluciones
EmisorTRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN
Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-53904974- -APN-CG#TFN, la Ley N° 11.683 y sus modificaciones, y la Acordada Administrativa N° 1 de fecha 25 de marzo de 2019, complementaria de la Acordada Administrativa N° 840 de fecha 22 de Diciembre de 1993 y sus modificaciones, ambas del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que el Tribunal Fiscal de la Nación entiende en los recursos que se interpongan con relación a los tributos, derechos, gravámenes, accesorios y sanciones, que aplicare la DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ambas dependientes de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), en ejercicio de los poderes fiscales que le acuerda el Título I de la Ley N° 11.683 y sus modificaciones.

Que en el Anexo de la Acordada Administrativa N° 1 de fecha 25 de marzo de 2019, complementaria de la Acordada Administrativa N° 840/1993 y sus modificaciones que establece el Reglamento del Procedimiento del Tribunal Fiscal de la Nación, dispone la tramitación obligatoria mediante expediente electrónico de las actuaciones iniciadas a partir del día 2 de mayo de 2019.

Que en el Artículo 2° del mencionado Anexo, establece que todas las presentaciones ante el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN se efectuarán a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), ingresando con el CUIT y clave fiscal; como así también toda documentación deberá ser digitalizada.

Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 153 de la Ley N° 11.683 y sus modificaciones, la máxima autoridad del organismo dictará reglas de procedimiento que complementen las disposiciones de la citada ley, a fin de dar al proceso la mayor rapidez y eficacia. Dichas reglas serán obligatorias para el TRIBUNAL FISCAL y las personas que actúen ante él, desde su publicación en el Boletín Oficial y podrán ser modificadas para ajustarlas a las necesidades que la práctica aconseje.

Que en virtud de lo expuesto, se elaboró un Manual en el que se detalla los requisitos, documentación a presentar, modo de apoderamiento, la forma de acceso por parte de los interesados (en cualquier carácter) a la plataforma, como así también la descripción del trámite para la interposición del recurso ante el organismo.

Que...

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