Resolucion Nº 1.529

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición26 de Junio de 2014

RESOLUCION Nº 1.529

Mendoza, 26 de junio de 2014

Visto el expediente 3774-I-13-77770 (Cuerpos I, II y III) , en el cual se gestiona la categorización e inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad del Instituto Privado de Rehabilitación "IPRO S.R.L.", CUIT N° 30-68924281-9, en la modalidad prestacional Estimulación Temprana y Servicio de Rehabilitación Nivel I, Terapia Física, Psicología, Terapia Ocupacional, Fonoaudiología, Psicopedagogía, Consulta Médica y Trabajo Social, a través de la Junta Evaluadora Provincial dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos, Infraestructura e Insumos; y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Privado de Rehabilitación "IPRO S.R.L.", cuenta con domicilio en calle Lateral Sur Acceso Este N° 1553, Distrito Dorrego, Departamento Guaymallén, Mendoza.

Que se dispuso la realización de una auditoría en terreno para la categorización que se llevó a cabo el día 19 de febrero de 2014, donde se procedió a notificar al representante legal del establecimiento.

Que en tal oportunidad evaluaron los antecedentes del servicio de la mencionada Institución, para categorizar según la normativa aprobada por Resolución N° 1328/06 y N° 47/01.

Que para la evaluación mencionada se utilizaron las Guías de Evaluación Institucional aprobadas por Resolución N° 14/00 del Presidente del Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad (PDSPBAIPD).

Que la Junta Evaluadora Provincial efectuó el informe que hace a su competencia el 6 de marzo de 2014 en el cual consta que Instituto Privado de Rehabilitación "IPRO S.R.L.", se encuentra en condiciones de categorizar en la modalidad prestacional Estimulación Temprana y Servicio de Rehabilitación Nivel I, Terapia Física, Psicología, Terapia Ocupacional, Fonoaudiología, Psicopedagogía, Consulta Médica y Trabajo Social.

Que la Subdirección de Asuntos Legales del Ministerio de Salud, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta por aplicación de la Ley N° 3909, Ley de Procedimiento Administrativo y en virtud de las facultades conferidas a la Junta Evaluadora Provincial, por Resolución N° 1992/12 y Resolución N° 888/12, del Ministerio de Salud y Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, respectivamente.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°

Categorizar al...

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