Resolución 1472/2008

Fecha de publicación11 Febrero 2009
Fecha de disposición11 Febrero 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31592

ESCALAFON POR ANTIGÜEDAD:

Se acumula el 1% por cada año de antigüedad.

BONIFICACION POR ASISTENCIA:

  1. Sin faltas 14% del total remuneración mensual.

  2. Medio día de falta 7% del total remuneración mensual.

HORAS EXTRAS: Se abonaran con el 50% o 100% según corresponda tomando como base de cálculo los salarios básicos más las sumas no remunerativas.

Expediente Nº 1.165.852/06

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 21 días del mes de Enero de 2008 siendo las 11,00 horas, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ante mí, Dr. Adalberto Vicente Días, Secretario del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1 de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, los Sres. Miguel Francisco MAZA, con D.N.I. 7.602.685 en su carácter de Secretario General, Nicolás Antonio MEDINA con L.E. 8.308.463 en su carácter de Secretario de Finanzas y el Sr. Juan Francisco DOGLIOLI con D.N.I. 16.916.734 en su carácter de Secretario de Actas y Prensa, manteniendo el domicilio constituido en calle Belgrano Nº 4280 de la C.A.B.A (49814776) en representación del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE PASTAS ALIMENTICIAS (STIPA), con el patrocinio del Dr. Víctor CONSOLI 10.136.809, por una parte y por la otra en representación del CENTRO DE FABRICANTES DE PASTAS FRESCAS DE LA CAPITAL FEDERAL el Sr. José Manuel CARRAL con D.N.I. 93.407.157 en su carácter de Presidente, tal como lo acredita con la documentación que se adjunta en este acto constituyendo el domicilio calle Belgrano Nº 3971 de la C.A.B.A. (4983-7528), y en representación del CENTRO DE FABRICANTES DE PASTAS FRESCAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES el Sr. José María Antonio CATELANI con D.N.I. 4.572.209 en su carácter de Presidente, y el Sr. Heriberto Edmundo DALINGER con L.E.

4.625.144 en su carácter de Vicepresidente, lo cual acreditan con la copia de la documentación que adjuntan en este acto, constituyendo el domicilio en calle Quevedo Nº 3793 Piso 7º Depto. 52 de la C.A.B.A. (T.E. 4654-3281).

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante cedida la palabra a las partes de común acuerdo manifiestan que hemos arribado al nuevo acuerdo de recomposición salarial el cual tendrá vigencia desde el día 1º de enero de 2008 hasta el 30 de abril de 2008, el mismo consta de una foja adjuntándose la misma en este acto, solicitando su agregación. En dicho acuerdo se han establecido y discriminado los valores de los salarios convenidos, así como los adicionales por asistencia y por antigüedad. Asimismo, en este acto ratificamos todos y cada uno de los términos de lo acordado, solicitando su pronta homologación.

Sin más, siendo las 11,30 horas, se levanta la audiencia firmando las partes ante mí, que certifico.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1472/2008

Registro Nº 996/2008

Bs. As., 14/10/2008

VISTO el Expediente Nº 1.208.929/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y CONSIDERANDO:

Que a foja 136 y a fojas 137/138 del Expediente de referencia, obran el Acuerdo y Anexo, celebrados por la FEDERACION ARGENTINA UNION PERSONAL PANADERIAS Y AFINES, por el sector sindical y la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DEL PANY AFINES, por el sector empresarial, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el texto convencional de marras, de conformidad con lo que fuera pactado en la Cláusula Tercera del acuerdo obrante a fojas 92/94, homologado mediante Resolución S.T...

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