Resolución 5174.

Fecha de disposición28 Julio 2016
Fecha de publicación28 Julio 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 5174/2016

Bs. As., 07/07/2016

VISTO los Expedientes N° 279.00.0/12, N° 279.01.0/12, N° 279.02.0/12 y N° 279.03.0/12 del Registro del ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes Nros. 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que las actuaciones del VISTO documentan el concurso público convocado por la entonces AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, mediante Resolución N° 698-AFSCA/12, complementada y modificada por sus similares N° 1072-AFSCA/12 y N° 1342-AFSCA/12, con el objeto de adjudicar DOS (2) licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de DOS (2) servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de 25 DE MAYO, provincia de LA PAMPA.

Que conforme surge del acta de apertura del concurso público se verificó la presentación de TRES (3) ofertas, realizadas por los señores Natali Gisela GARRIDO ZAPATA, Diego Javier REYES y Juan Pablo PATTERER, documentadas como Expedientes N° 279.01.0/12, N° 279.02.0/12 y N° 279.03.0/12, respectivamente.

Que dicho proceso de selección es regido por el pliego de bases y condiciones generales y particulares, aprobado por Resolución N° 698-AFSCA/12, y su circular aclaratoria aprobada por su similar N° 1040-AFSCA/12, para la adjudicación a personas físicas o de existencia ideal con fines de lucro de licencias para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, con categorías E, F y G (Anexo B).

Que el procedimiento contemplado en el artículo 21 del pliego que documenta el Anexo B de la Resolución N° 698-AFSCA/12 y su circular aclaratoria aprobada por su similar N° 1040-AFSCA/12, dispone que las propuestas serán evaluadas por las áreas competentes, en función de los requisitos y aspectos exigidos por los artículos que lo anteceden, teniendo en cuenta los elementos de admisibilidad relativos al cumplimiento de los requisitos de los aspectos personal y societario...

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