Resolución 517/2022

Fecha de publicación01 Junio 2022
SecciónResoluciones
EmisorUNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES


Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2022

VISTO

Lo dispuesto por el Estatuto Universitario y el Capítulo A CÓDIGO.UBA I-10, y

CONSIDERNADO

Que mediante la Resolución RESCS-2022-64-E-UBA-REC se aprobó el nuevo Reglamento para la Provisión de Cargos de Profesores Regulares Titulares, Asociados y Adjuntos, que fuera codificado como Capítulo A, título 10 del Libro I del Código de la Universidad de Buenos Aires.

Que el artículo 7° CÓDIGO.UBA I-10 establece la posibilidad que quienes hubieren ejercido las funciones de Rector/a, Vicerrector/a, Decano/a, Vicedecano/a, y Secretarios/as de la Universidad o de las Facultades, pudieran solicitar la prórroga de su designación como profesores regulares.

Que la redacción actual del artículo indicaba que, la prórroga, era operativa a partir del vencimiento de la designación como profesor o profesora, y es necesario incluir la posibilidad de que opere, también, a partir del vencimiento de las funciones de Rector/a, Vicerrector/a, Decano/a, Vicedecano/a, y Secretarios/as de la Universidad o de las Facultades.

Que el artículo 43 CÓDIGO.UBA I-10 prevé el sorteo de los temas de la prueba de oposición propuestos por el jurado, observándose que, hasta la sanción de la referida resolución, en varias Facultades los temas eran establecidos directamente por los jurados, sin sorteo.

Que el artículo 92 CÓDIGO.UBA I-10 establece que cada Facultad deberá dictar su reglamento interno de concursos, que complemente el reglamento general, sirva para adecuarlo a sus condiciones particulares sin apartarse de las establecidas con carácter general; establezca las condiciones bajo las cuales se desarrollará la entrevista personal y las pruebas de oposición tanto orales como prácticas que se efectuarán durante la sustanciación del concurso, así como la consideración de otros elementos de juicio; y regule aquellas cuestiones delegadas por este reglamento.

Que resulta conveniente delegar en el reglamento interno de cada Facultad la posibilidad de sortear los temas de las pruebas de oposición entre aquellos propuestos por el jurado.

Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario adecuar varios artículos del reglamento de concursos.

Que, asimismo, en el artículo 60 CÓDIGO.UBA I-10 establece que el Consejo Directivo deberá proponer la designación de las y los aspirantes que estime pertinentes, teniendo en cuenta, entre otros elementos, las contestaciones a las impugnaciones al dictamen del jurado.

Que el Reglamento para la Provisión para la Provisión de Cargos de...

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