Resolución 70/2009

Fecha de publicación28 Enero 2009
Fecha de disposición28 Enero 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31582

Programa Gas Plus. Apruébase proyecto presentado en el marco de lo establecido por la Resolución Nº 24/08.

Bs. As., 22/1/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0310436/2008, del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y lo dispuesto en las Resoluciones Nros. 24 de fecha 6 de marzo de 2008 y 1031 de fecha 9 de septiembre de 2008 ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA, del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 24 de fecha 6 de marzo de 2008 de la SECRETARIA DE ENERGIA, del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, creó el denominado Programa Gas Plus, mediante el cual se generó un esquema de incentivos a la incorporación de nueva producción de gas natural.

Que la Resolución Nº 1031 de fecha 9 de septiembre de 2008 de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS incorporó una serie de modificaciones y complementos a lo fijado en la Resolución Nº 24/2008.

Que en base a lo dispuesto en la Resolución Nº 24/2008, la empresa TOTAL AUSTRAL SOCIEDAD ANONIMA ha presentado una solicitud de aprobación de un proyecto de exploración de gas natural, para que el mismo sea llevado adelante bajo las reglas del Programa Gas Plus.

Que con fecha 6 de noviembre de 2008 la DIRECCION NACIONAL DE EXPLORACION, PRODUCCION Y TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES, se expidió en relación con la solicitud ingresada en el presente trámite, concluyendo que 'los proyectos a desarrollar en la Concesión de Explotación `Aguada Pichana' en la Provincia del NEUQUEN, presentado por la empresa TOTAL AUSTRAL SOCIEDAD ANONIMA, en su carácter de Operador de la misma, correspondería categorizarlos como Gas Plus'.

Que con fecha 10 de diciembre de 2008 la DIRECCION NACIONAL DE ECONOMIA DE LOS HIDROCARBUROS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES se expidió en relación a la solicitud de TOTAL AUSTRAL S.A., en su carácter de Operador de la Concesión de Explotación otorgada sobre el Area Aguada Pichana, cuyos cotitulares son, esta empresa junto a WINTERSHALL ENERGIA SOCIEDAD ANONIMA, PAN AMERICAN ENERGY LLC - SUCURSAL ARGENTINA e YPF SOCIEDAD ANONIMA, empresas suscriptoras del ACUERDO CON LOS PRODUCTORES DE GAS NATURAL 2007 - 2011.

Que la mencionada Dirección Nacional indica, que sin perjuicio de eventuales controles futuros, no tiene objeciones que formular a la fecha, respecto de los productores TOTAL AUSTRAL S.A., PAN AMERICAN ENERGY LLC - SUCURSAL ARGENTINA y WINTERSHALL ENERGIA S.A., en relación a los compromisos asumidos en el marco del ACUERDO CON LOS PRODUCTORES DE GAS NATURAL 2007 - 2011. Respecto a YPF SOCIEDAD ANONIMA se reitera lo ya señalado en el marco de la normativa del asunto en el Memorando DNEH Nº 122 de fecha 1º de octubre de 2008 en que esta Dirección Nacional ya se expidió en los términos allí solicitados.

Que en adición a ello señala que, por otra parte no resulta posible aún evaluar el cumplimiento del parámetro establecido en el segundo párrafo del punto 4 del Anexo I de la Resolución Nº 24/2008, en atención a que no se ha presentado una exposición de los costos asociados a la explotación proyectada, ni una carta de intención destinada a fijar el precio para su comercialización.

Que ello tiene relación con el nivel de avance que tiene la evaluación del proyecto, ya que en esta etapa no es posible efectuar estos cálculos con una aproximación razonable.

Que por todo ello corresponde dejar la pertinente evaluación en torno al cumplimiento, o no, de tales parámetros para otra oportunidad, previa al inicio de la comercialización, una vez que se posean los elementos necesarios a tal efecto.

Que en idéntico momento deberá verificarse, nuevamente, el cumplimiento del ACUERDO CON LOS PRODUCTORES DE GAS NATURAL 2007 - 2011 por parte del solicitante.

Que sin perjuicio de ello, la empresa peticionante deberá...

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