Resolución 556/2008

Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2008

Que asimismo en la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, se encuentran en pleno desarrollo y ejecución obras de infraestructura edilicia programadas a los fines de modernizar las dependencias destinadas a la atención de público a los efectos de brindar un mejor servicio a los administrados, las cuales afectarán, durante el mes de enero de 2009, el funcionamiento usual del organismo.

Que atento lo expuesto, resulta necesario para la optimización de las funciones a cargo de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, adoptar previsiones relativas a horarios de atención, a la recepción de trámites y diligencias, compatibilizando la sustanciación de las actuaciones con las disponibilidades de recursos humanos y el desarrollo de las obras de mejoramiento de las áreas de atención al público.

Que la presente se dicta de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 20, 21 y 22 de la Ley 22.315.

Por ello,

EL SUBINSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA A CARGO RESUELVE:

Artículo 1º

Durante el mes de enero de 2009 la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA mantendrá su funcionamiento normal, con las limitaciones que en los artículos subsiguientes se detallan.

Art. 2º

HORARIO DE MESA DE ENTRADAS: Se establece que el horario de recepción para la totalidad de los trámites durante el mes de enero de 2009 será de 11:00 hs. a 13:00 hs., salvo aquellos trámites urgentes correspondientes al Departamento de Precalificación, los cuales se recibirán de 9:00 hs. a 10:00 hs.

Art. 3º

HORARIO DEL AREA INTERVENCION Y RUBRICA DE LIBROS: Trámites urgentes de 11:00 hs. a 12:00 hs. y restantes trámites de 11:00 hs. a 13:00 hs.

Art. 4º

PLAZO DEL TRAMITE URGENTE: Se establece en SETENTA Y DOS (72) horas el plazo para la sustanciación de trámites registrales del Departamento de Precalificación y para los trámites del Area Intervención y Rúbrica de Libros.

Art. 5º

RECEPCION DE OFICIOS JUDICIALES: Se receptarán solamente aquellos oficios judiciales que tengan carácter de urgente.

Se entenderá por tales a:

  1. los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte del auto ordenatorio o del cuerpo del despacho;

  2. los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materia penal y correccional;

  3. los provenientes de organismos instructorios en materia penal;

  4. otros que por razonable analogía, se puedan considerar comprendidos en el presente artículo.

Art. 6º

TRAMITES EXCLUIDOS: No se recibirán durante el mes de enero de 2009:

  1. requerimientos de organismos administrativos.

  2. pedidos de expedición de testimonios comunes y urgentes, certificados, pedidos de reintegro, desarchivo y/o consultas de actuaciones de cualquier clase.

  3. solicitud de concurrencia de inspectores a asambleas o reuniones de órganos de administración.

  4. presentaciones correspondientes al cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias de los sistemas de Ahorro y Capitalización.

Art. 7º

No se dará curso a contestaciones de...

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