Resolución 50/2021

Fecha de publicación12 Julio 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO SECRETARÍA DE CULTO


Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2021

Visto el Expediente Electrónico N° EX 2021-46915043-APN-DGD#MRE, la Ley 24.483 y su Decreto Reglamentario N° 491 de fecha 21 de septiembre de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que “ORDEN LIBANESA MARONITA (BALADITA)” O.L.M., es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA conforme las normas del Código de Cánones de las Iglesias Orientales.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente acompañando sus constituciones, decreto de erección, memoria y constancia de admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente autenticados por la autoridad eclesiástica competente.

Que conforme lo prescriben los artículos 4° de la Ley 24.483, y 1° del Decreto 1092/97, las personas jurídicas comprendidas en el régimen de la Ley citada serán consideradas a todos los efectos entidades de bien público y beneficiarias del tratamiento dispensado por el artículo 20 inciso e) de la Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado en 1997).

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos intervino en el ámbito de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Ley N° 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Reconócese como persona jurídica a “ORDEN LIBANESA...

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