Resolución 50/2015

Fecha de la disposición30 de Marzo de 2015



MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE COMERCIO

Resolución 50/2015Bs. As., 30/3/2015

VISTO el Expediente N° S01:0037785/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N° 26.993, el Decreto N° 202 de fecha 11 de febrero de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 17 de septiembre de 2014 fue sancionada la Ley N° 26.993 por la que se instituyó el Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo, la que fue promulgada por el Decreto N° 1.624 de fecha 18 de septiembre de 2014.

Que, en este sentido, cabe mencionar que el Artículo 9° de la Ley N° 26.993 establece que la Autoridad de Aplicación dispondrá de un Servicio de Patrocinio Jurídico Gratuito destinado a la asistencia de los consumidores o usuarios que lo soliciten y cumplan con los requisitos que se establezcan reglamentariamente.

Que el Decreto N° 202 de fecha 11 de febrero de 2015 establece en su Artículo 9° que la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS determinará la conformación y funcionamiento de un Servicio de Patrocinio Jurídico Gratuito, en el ámbito de su competencia, que se encontrará a disposición de los consumidores y usuarios.

Que en virtud de lo mencionado precedentemente, resulta necesario aprobar bases para el funcionamiento de dicho servicio, así como el formulario por medio del cual los usuarios y consumidores podrán solicitar acceso al mismo.

Que la Dirección de Legales de Comercio dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 4° de la Ley N° 26.993.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE COMERCIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

— Apruébanse las bases para el funcionamiento del Servicio de Patrocinio Jurídico Gratuito instituido en el marco de la Ley N° 26.993 que como Anexo I, con SIETE (7) hojas, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°

— Apruébase el formulario de solicitud de admisión del Servicio de Patrocinio Jurídico Gratuito que como Anexo II, con TRES (3) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. AUGUSTO COSTA, Secretario de Comercio, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

ANEXO I

Funcionamiento del Servicio de Patrocinio Jurídico Gratuito de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

El presente Anexo tiene como objetivo establecer las pautas de admisión, implementación y procedimiento de la actividad del Servicio de Patrocinio Jurídico Gratuito destinado a la asistencia letrada de los consumidores o usuarios para reclamos enmarcados en el Sistema de...

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