Resolución 497/2023

Fecha de publicación10 Julio 2023
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales,undefined
EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD


Ciudad de Buenos Aires, 06/07/2023

VISTO el expediente N° EX-2019-01791162-APN-SD#ENRE, y

CONSIDERANDO:

Que BARRICK EXPLORACIONES ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA (BEASA), junto con LINECORP SOCIEDAD ANONIMA (LINECORP S.A.) mediante Nota de fecha el 10 de mayo de 2023 (digitalizada, indistintamente, como IF-2023-53229297-APN-SD#ENRE y IF-2023-53230025-APN-SD#ENRE), solicitaron la adecuación del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) otorgado a través de la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 325 de fecha 14 de noviembre de 2012, para la construcción de UNA (1) línea de 220 kV de QUINCE KILÓMETROS (15 km) entre el nodo frontera y la ESTACIÓN TRANSFORMADORA PLANTA LAMA (ETPL); de la E.T. PLANTA LAMA tipo GIS 220kV, con TRES (3) transformadores de potencia de 50/66/83,3 MVA de 220/23 kV cada uno, de configuración simple barra con un campo de entrada y cinco de salida, TRES (3) de transformador uno para las instalaciones futuras y uno de reserva, ubicada en el departamento IGLESIA de la Provincia de SAN JUAN, debiendo complementarse con la disponibilidad de un transformador de 200/23 kV de reserva.

Que, en dicho acto, se estableció que la ETPL formará parte del Sistema de Transporte de Conexión Internacional y se determinó que el límite entre las empresas sería el “bushing” de lado MT del transformador.

Que con fundamento en la protección de los intereses de los usuarios y los diversos agentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), en vista de su eventual conexión al Sistema Argentino De Interconexión (SADI), y con el objetivo de asegurar la uniformidad de criterios en términos de calidad y seguridad de todas las instalaciones de transporte de energía eléctrica, se dio conformidad mediante la Resolución ENRE N° 273 de fecha 25 de septiembre de 2019 al dictamen de evaluación emitido por el Comité de Evaluación y Precalificación de Ofertas, el cual propuso adjudicar a la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.) la responsabilidad de llevar a cabo la supervisión de la construcción de la obra mencionada en el artículo 1° de la Resolución ENRE N° 325/2012.

Que motiva la solicitud en que, en la ET Planta Lama, se han construido instalaciones distintas a las del CCyNP aludido, habiéndose instalado UN (1) transformador de 100/100/27 MVA (ONAF) 220/23/13,2 kV (transformador N° 2) y DOS (2) transformadores (transformadores N° 1 y N° 3) con características idénticas para actuar como reserva; todo ello obedeciendo “(…) a razones de naturaleza técnica-económica y disponibilidad en el mercado”.

Que, entre estas razones, se menciona que la adaptación de las instalaciones correspondientes al CCyNP emitido mediante la Resolución ENRE N° 325/2012, no implican un exceso de la potencia autorizada; que se debieron a razones ajenas a la voluntad de BEASA por no poder encontrar en el mercado los transformadores correspondientes; y que, los mismos, excederían las necesidades operativas, haciendo irrazonable su instalación.

Que, a su vez, propone el límite en los bornes de los seccionadores de barras de 23 kV del transformador 220/23 kV lado interruptor, de manera que la operación y el mantenimiento de la SE Planta Lama queden a cargo de LINECORP S.A., mientras que los equipos aguas abajo estén a cargo de BEASA.

Que, previo al análisis de la solicitud, corresponde mencionar que, mediante Resolución ENRE N° 601 de fecha 23 de noviembre de 2022 y con carácter provisorio, se autorizó la CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE INTERCONEXIÓN INTERNACIONAL a la empresa LINECORP S.A., para operar el SISTEMA DE TRANSPORTE LAMA, y se aprobó el CONTRATO DE CONCESIÓN DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE INTERCONEXIÓN INTERNACIONAL DE LINECORP S.A., digitalizado como IF-2022-123678379-APN-SD#ENRE.

Que dicha concesión se encuentra prorrogada por la Resolución ENRE N° 405 de fecha 16 de mayo de 2023 y ratificada por la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE), a través de su Resolución N° 790 de fecha 28 de noviembre de 2022.

Que, ahora bien, la solicitud objeto del presente acto corresponde sea encuadrada en los términos del Título II “Solicitud de Otorgamiento de una Concesión – Procedimiento del Acuerdo Entre Partes” del REGLAMENTO PARA SOLICITAR EL OTORGAMIENTO DE UNA CONCESIÓN DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE INTERCONEXIÓN INTERNACIONAL Y AMPLIACIÓN, que forma parte del ANEXO 16 de Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios aprobados por Resolución de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA (SEE) N° 61 de fecha 29 de abril de 1992, sus modificatorias y complementarias (Los Procedimientos - texto según Resolución de la Ex SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO (SRRyME) N° 7 de fecha 26 de marzo de 2019).

Que, mediante presentación digitalizada como IF-2023-66077347-APN-SD#ENRE, en su carácter de Transportista Concesionaria del SISTEMA LAMA, LINECORP S.A. confirmó que la ETPL tipo GIS 220 kV cuenta con UN (1) campo de entrada y CINCO (5) de salida, UN (1)...

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