Resolución 491/2019

Fecha de publicación27 Noviembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO


Ciudad de Buenos Aires, 19/11/2019

VISTO el Expediente EX-2019-78602561- -APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013 y 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del ESTADO NACIONAL aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la presentación efectuada por el OBISPADO DE SAN JUSTO, tendiente a obtener la cesión precaria y gratuita de un inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en la calle Intendente Crovara Esteban S/N, de la Localidad de CIUDAD EVITA, del Partido de LA MATANZA, de la Provincia de BUENOS AIRES, identificado catastralmente como Partido:070 - Circunscripción:07 - Sección: K - Fracción Número:0002 - Parcela Número:0003 070271251, vinculado al CIE N° 0600035691/1 y que cuenta con una superficie aproximada de CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO DECÍMETROS CUADRADOS (5199.25 m2), conforme surge del croquis identificado como PLANO-2019-90451052-APN-DNSRYI#AABE, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.

Que la referida solicitud tiene por objeto destinar el inmueble como espacio para el “CLUB ATLÉTICO SAN JOSÉ el Club de mi Barrio”, logrando que a través de las actividades culturales y deportivas se permita el desarrollo personal y social de los niños, niñas y jóvenes.

Que de la constatación practicada en el ámbito de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, se verifica que es un terreno natural con arbolado disperso y que se encuentra en desuso.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382/12, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que será el Órgano Rector, centralizador de toda actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del Estado Nacional, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles del Estado Nacional, cuando no corresponda a otros organismos estatales.

Que el inciso 21 del artículo del Decreto N° 1.382/12, dispone que es función de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO conceder el uso precario y gratuito de bienes inmuebles propiedad del Estado Nacional, independientemente de su jurisdicción de origen, y que por razones circunstanciales no tengan destino útil, cuando le sean...

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