Resolución 491-2009

Fecha de la disposición 8 de Septiembre de 2009

MINISTERIO DE GOBIERNO Y

REFORMA DEL ESTADO

RESOLUCION Nº 0491

Santa Fe, 1º de Setiembre de 2009.

VISTO:

El Expediente Nº 00101-0192007-3 por el cual la Agencia Provincial de Seguridad Vial requiere, conforme lo previsto en el artículo 11 del Decreto Provincial Nº 0869/09, el dictado de la resolución ministerial que establezca los valores por unidad de los documentos de identificación (obleas autoadhesivas y certificados) destinados a acreditar el cumplimiento de las revisiones técnicas obligatorias necesarias para la circulación.

CONSIDERANDO:

Que en fecha 15 de mayo de 2009 se dictó el Decreto Provincial N° 0869, por el cual se creó el Sistema de Revisión Técnica Vehicular Obligatorio de jurisdicción provincial para todos los vehículos automotores, motovehículos, acoplados y semirremolques destinados a circular por la vía pública radicados en la Provincia de Santa Fe.

Que dicha norma regula la instalación y funcionamiento de los Centros de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria en los Municipios, designados como cabeceras, así como la gestión y control integral de los procesos involucrados en el sistema.

Que a los fines de la distribución geográfica de los diecinueve (19) Centros de Revisión Técnica previstos para la Provincia de Santa Fe, se crearon quince (15) secciones administrativas con cabecera en los Municipios designados en el citado Decreto.

Que el artículo 11 del Decreto Provincial N° 0869/09, establece que la Agencia Provincial de Seguridad Vial, será la encargada de proveer a los Centros de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria los documentos e identificaciones autoadhesivas (obleas) destinados a acreditar el cumplimiento de las revisiones técnicas necesarias para la circulación.

Que el citado artículo dispone a su vez, que el valor inicial de cada oblea y certificado sea fijado por Resolución del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, en unidades fijas (U. F.) equivalentes cada una al precio de venta al público de (1) litro de gas oil tipo Ultra Diesel en las estaciones de servicios YPF del Automóvil Club Argentino.

Que entre las variables que se han tenido en cuenta para establecer el valor de las obleas autoadhesivas y de los certificados de identificación que deberán adquirir los Centros de Revisión habilitados, se contemplaron los costos de los insumos y de distribución de los documentos con relación a los precios máximos establecidos para los distintos tipos de rodados según las líneas de revisión utilizadas (livianos y pesados) fijados en el Decreto N° 0869/09 en función del estudio de costos realizado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (I.N.T.I), los valores de orientación establecidos en el sistema nacional de RTO; así como la estimación de gastos destinados al financiamiento de las funciones de diseño, gestión y control integral del sistema, asignadas a la Agencia Provincial de Seguridad Vial;

Que asimismo, se torna necesario precisar los alcances del punto 1.4. A.2 del Anexo II del Decreto Provincial N° 0869/09, precisando los valores máximos iniciales previstos para la retribución del servicio para cada categoría técnica de vehículos, de conformidad a los previsto en el artículo 28 del...

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