Resolucion 48

Fecha de la disposición21 de Febrero de 2008

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 48/2007

Registro Nº 18/2008

Bs. As., 28/12/2007

VISTO el Expediente Nº 1.231.850/07 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 9/12 del Expediente Nº 1.231.850/07 obra el Acuerdo con Anexos celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES PASTELEROS, CONFITEROS, HELADEROS, PIEROS Y ALFAJOREROS (FATPCHP y A) y la empresa FREDDO SOCIEDAD ANONIMA glosado a fojas 9/12 del Expediente Nº 1.231.850/07.

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo, obrante a fojas 9/12 Expediente Nº 1.231.850/07.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias. Cumplido pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de elaborar el pertinente proyecto de base promedio y tope indemnizatorio de las escalas salariales que por este acto se homologan, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.231.850/07

Buenos Aires, 4 de enero de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 48/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 9/12 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 18/08. -- VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

En la ciudad de Buenos Aires, a los 23 días del mes de agosto de 2007, comparecen ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL --DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO-- a los efectos de suscribir el presente acuerdo los Sres. Luis Hlebowicz, en su carácter de Secretario General de la FEDERACION ARGENTINA TRABAJADORES PASTELEROS, CONFITEROS, HELADEROS, PIZZEROS Y ALFAJOREROS junto a los Sres. Rodolfo Di Gaetano, Secretario de Organización, Eduardo Sayat, Protesorero, y los Sres. Hector Almiron, Cecilia Alarcon, José Luis Rodríguez, María Emilia Villar, Raúl Blanco y Marcelo Gasso, en su carácter de delegados integrantes de la comisión gremial interna, por el sector sindical; y el Sr. Anibal Bellomo, con el patrocinio letrado de los Dres.Cesar Gustavo Ferrante y Diego Oscar Berdini, representando a FREDDO S.A., por el sector empresario:

Presentes en la audiencia designada para el día de la fecha y abierto el acto por el Funcionario Actuante, cedida que les fue la palabra a las partes las mismas en forma conjunta acuerdan...

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