Resolución 477.

Fecha de disposición09 Septiembre 2016
Fecha de publicación09 Septiembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 477/2016

Buenos Aires, 06/09/2016

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Norma Regulatoria 0.0.1, Revisión 2, las Resoluciones del Directorio de la ARN N° 116/07 y N° 098/12, la Actuación N° 64/16 que tramita en la GERENCIA LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES y,

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9, Inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que la referida Ley en su Artículo 16, Inciso b), establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar las licencias de construcción, puesta en marcha, operación y retiro de servicio de centrales de generación nucleoeléctrica.

Que de conformidad con la normativa citada en los párrafos anteriores se otorgó a Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NA-SA) la Licencia de Operación de la CENTRAL NUCLEAR EMBALSE, mediante Resolución del Directorio ARN N° 116/07.

Que la vigencia de dicha Licencia de Operación fue modificada por Resolución del Directorio de la ARN N° 098/12 fijando un tope máximo a esa vigencia en 225.000 horas equivalentes de operación a plena potencia (HEPP).

Que el 31/12/2015 la CENTRAL NUCLEAR EMBALSE salió de servicio e inició el vaciado del núcleo del reactor de acuerdo a lo requerido por la ARN por Nota ARN N° 5155/15 cerrando su primer ciclo de operación, sin haber alcanzado el tope máximo de las horas equivalentes de operación a plena potencia.

Que en consecuencia a lo expresado en el párrafo previo, el estado actual de la instalación no permite su operación.

Que NA-SA inició, las actividades de reacondicionamiento y montaje de nuevos sistemas enmarcados en el Proyecto de Extensión de Vida.

Que la GERENCIA LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES, recomienda realizar la Enmienda a la Licencia de Operación de la CENTRAL NUCLEAR EMBALSE mediante la cual se modifiquen las condiciones establecidas en la misma, de manera de cubrir especificidades de la parada de reacondicionamiento y excluir de la vigencia de la Licencia de Operación el retorno al servicio tras el reacondicionamiento enmarcado...

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