Resolución 931/2008

Fecha de disposición09 Diciembre 2008
Fecha de publicación09 Diciembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31548

7- Tomo conocimiento que mi enfermedad requiere tratamiento dialÃtico sustitutivo de la función renal, si decido rechazar el trasplante.

8- Tomo conocimiento que podré cambiar mi decisión en cualquier momento, debiendo comunicarlo, en ese caso al equipo de profesionales tratante.

Firma del familiar y aclaración.

Firma del paciente y aclaración.

Firma de un testigo no relacionado al equipo asistencial (Aclaración y documento).

C.- Se confeccionarán tres (3) ejemplares del formulario referido en el punto precedente, debiendo uno quedar en poder del centro interviniente, el segundo ser entregado al paciente, y el tercero deberá ser remitido por los profesionales intervinientes al Organismo Jurisdiccional de Ablación e Implante correspondiente, dentro de los seis (6) meses posteriores a la fecha de la primera diálisis de cada paciente, debiendo dicho Organismo, en el termino de 48 hs., remitir copia certificada del mismo al INCUCAI SecretarÃa de Transporte TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS Resolución 931/2008

Módulos de boleterÃas a asignar a cada empresa de transporte de pasajeros de larga distancia de carácter interjurisdiccional, que deben operar desde y hacia la Estación Terminal de Omnibus Retiro de la Ciudad de Buenos Aires.

Bs. As., 26/11/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0030819/2008 del Registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que por la Cláusula Decimocuarta del Acta Acuerdo suscripta, el dÃa 15 de mayo de 2006, entre el Señor Secretario de Transporte y el Señor Presidente de la EmpresaTEBA SOCIEDAD ANONIMA, Concesionaria de la ESTACION TERMINAL DE OMNIBUS RETIRO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, se estableció la reasignación de los espacios de boleterÃas destinadas a las empresas de transporte automotor que operan en dicha Estación Terminal.

Que por el ArtÃculo 2º del Decreto Nº 1962 de fecha 28 de diciembre de 2006 se ratificó dicha Acta Acuerdo.

Que por el ArtÃculo 5º del Decreto Nº 1962/2006 se facultó al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para que a través de la SECRETARIA DE TRANSPORTE efectúe las interpretaciones, aclaraciones y modificaciones que demande el Acta Acuerdo mencionada precedentemente.

Que el segundo párrafo 'in fine' de la Cláusula Decimocuarta del Acta Acuerdo citada, se establece que los módulos destinados a boleterÃas de la ESTACION TERMINAL DE OMNIBUS RETIRO, DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES serán asignadas por la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,

INVERSION...

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