Resolución 471-E.

Fecha de disposición22 Mayo 2017
Fecha de publicación22 Mayo 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 471-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 17/04/2017

VISTO el Expediente Nº 1.711.490/16 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 vta. del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN OBRERA MINERA ARGENTINA (AOMA), la CÁMARA ARGENTINA DE EMPRESARIOS MINEROS y las empresas: MINERA ARGENTINA GOLD SOCIEDAD ANÓNIMA, CERRO VANGUARDIA SOCIEDAD ANÓNIMA, MINERA TRITON ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, ESTELAR RESOURCES LIMITED SUCURSAL ARGENTINA, MINAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA y OROPLATA SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del Acuerdo se pacta un incremento a cuenta de lo que se acuerde en las negociaciones paritarias, en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo N° 673/07 "E", 1363/14 "E", 1091/10 "E", 1360/13 "E", 1455/15 "E", 1414/14 "E" y 38/89.

Que cabe dejar expresamente aclarado que el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1091/10 "E" ha sido renovado por el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1231/11 "E".

Que asimismo se deja constancia que cuando las partes refieren al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1360/13 han querido referir al N° 1360/14 y cuando se refieren al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1414/14 "E", han querido referir al convenio N° 1414/15 "E".

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre el alcance de representatividad del sector...

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