Resolución 1327/2008

Fecha de disposición05 Diciembre 2008
Fecha de publicación05 Diciembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31547

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la AsesorÃa Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

º -- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACION, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION y la empresa McCAIN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 10/11 del Expediente Nº 1.273.515/08, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

º -- RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo obrante a fojas 10/11 del Expediente 1.273.515/08.

ARTICULO 3

º -- RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

º -- GÃrese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 658/04 'E'.

ARTICULO 5

º -- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO. DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

º -- ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.273.515/08

Buenos Aires, 1 de octubre de 2008

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1326/08, se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 10/11 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 923/08. -- VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo. Dto. Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.273.515/08

En la ciudad Autónoma de Bs. As. a los 28 dÃas de mayo de 2008, a las 16.40 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO y por ante la SRA. JEFA DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES Nº 1, DRA MERCEDES M. GADEA la FEDERACION TRABAJADORES DE INDUSTRIAS ALIMENTACION (F.T.I.A.) representada por los Sres. José Francisco VARELA, Secretario Gremial, con el patrocinio letrado del Dr. Adolfo Eduardo Matarrese, el SINDICATO TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION PROVINCIA DE BUENOS AIRES representado por Domingo Marcelo WAGNER, y los señores Rubén Rosales y Luciano Goya, quienes asimismo lo hacen en representación de los trabajadores de la empresa por un lado, y por la otra EMPRESA...

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