Resolución 460.
Fecha de disposición | 29 Julio 2016 |
Fecha de publicación | 29 Julio 2016 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Resolución 460/2016
Bs. As., 04/07/2016
VISTO el Expediente N° 1.672.528/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 del Expediente N° 1.706.691/16 agregado al principal como fojas 76 al principal, obra el Acuerdo celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 80/75, entre la UNION OBRERA SALINERA ARGENTINA (UOSA), y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE PRODUCTORES E INDUSTRIALIZADORES DE SAL, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del citado instrumento las partes pactan nuevas condiciones salariales para los trabajadores y el pago por única vez de una suma no remunerativa, con vigencia desde el 1° de septiembre de 2015 hasta el 30 de abril de 2016, conforme los detalles allí impuestos.
Que el ámbito de aplicación del mentado Acuerdo se corresponde con la actividad de la representación empleadora signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical, emergentes de su Personería Gremial.
Que procede así indicar que se encuentran cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con el Orden Público Laboral.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez ello corresponde la remisión de las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de practicar en autos el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, de conformidad con lo previsto por el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA
DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
Declarar homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION OBRERA SALINERA ARGENTINA, y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE PRODUCTORES E INDUSTRIALIZADORES DE SAL, obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.706.691/16 agregado como fojas 76 al...
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