Resolución 46. RESOL-2018-46-APN-SECC#MPYT

Fecha de disposición28 Septiembre 2018
Fecha de publicación28 Septiembre 2018
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

SECRETARÍA DE COMERCIO

Resolución 46/2018

RESOL-2018-46-APN-SECC#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 26/09/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-28337396- -APN-DGD#MP, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto, las firmas POLIRESINAS SAN LUIS S.A. y PLAQUIMET S.A. solicitaron el inicio de una investigación por presunto dumping en operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de resinas poliéster insaturadas alcídicas sin aceite, originarias de la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 3907.91.00.

Que según lo establecido por el Artículo 6º del Decreto Nº 1.393 de fecha 2 de septiembre de 2008, reglamentario de la Ley N° 24.425, la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, a través del Acta de Directorio N° 2077 de fecha 29 de junio de 2018 determinó que las resinas poliéster insaturadas, alcídicas, sin aceite de producción nacional se ajustan, en el marco de las normas vigentes, a la definición de producto similar al importado originario de la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.

Todo ello, sin perjuicio de la profundización del análisis sobre producto que deberá desarrollarse en el supuesto de producirse la apertura de la investigación.

Que a través de la citada Acta de Directorio, la Comisión concluyó manifestando que las peticionantes cumplen con los requisitos de representatividad dentro de la rama de producción nacional.

Que conforme lo ordenado por el Artículo 6º del Decreto Nº 1.393/08, la SECRETARÍA DE COMERCIO, declaró admisible la solicitud oportunamente presentada.

Que de conformidad a los antecedentes agregados al expediente citado en el Visto, la Autoridad de Aplicación a fin de establecer un valor normal comparable consideró precios de venta del mercado interno de la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL aportadas por las firmas peticionantes.

Que el precio de exportación FOB se obtuvo de los listados de importación suministrados por la Dirección de Monitoreo del Comercio Exterior, dependiente de la Dirección Nacional de Facilitación del Comercio de la SECRETERÍA DE COMERCIO.

Que, con fecha 3 de agosto de 2018, la Dirección Nacional de Facilitación del Comercio elevó a la SECRETARÍA DE COMERCIO el correspondiente Informe Relativo a la Viabilidad de Apertura de Investigación, expresando que, conforme a lo expuesto y sobre la base de los elementos de información aportados por las firmas peticionantes y de acuerdo al análisis técnico efectuado por dicha Dirección, habría elementos de prueba que permiten suponer la existencia de presuntas prácticas de dumping para la exportación de resinas de poliéster insaturadas alcídicas sin aceite para el origen REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.

Que del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR