Resolución 4560/2014
Fecha de la disposición | 16 de Diciembre de 2014 |
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS
Resolución 4560/2014Bs. As., 16/12/2014
VISTO el Expediente Nº 5059/14 del Registro de este Ministerio, las Resoluciones Ministeriales Nros. 464 de fecha 27 de junio de 1996 y 413 de fecha 9 de abril de 2010 y la Resolución SPU Nº 2416 de fecha 10 de julio de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Ministerial Nº 464/96 se creó el PROGRAMA NACIONAL DE BECAS UNIVERSITARIAS en el ámbito de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS de este Ministerio.
Que por Resolución Ministerial Nº 413/10 se le asignó a la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS la facultad de dictar los actos administrativos y suscribir los convenios que demande la gestión del mencionado Programa.
Que, en tal sentido, por Resolución SPU Nº 2416/14 se adecuó el Reglamento General del PROGRAMA NACIONAL DE BECAS UNIVERSITARIAS.
Que, en virtud de la experiencia recabada en la convocatoria 2014, se estima conveniente modificar la Resolución SPU Nº 2416/14, realizando la expresa mención de la cantidad mínima de materias que al estudiante que se postula bajo la modalidad de alumno avanzado le deben restar para la finalización de su carrera, efectuando la salvedad que las actividades académicas que no requieran de una cursada presencial no serán computadas como materias.
Que la modificación propuesta redundaría en una mejor comprensión de los estudiantes que se postulen a nuevas convocatorias toda vez que, si bien de la interpretación integral del reglamento vigente surge el antedicho requisito, la incorporación expresa del mismo coadyuvaría a su mejor entendimiento.
Que, asimismo, con el objeto de ampliar el universo de sujetos de derecho susceptibles de ser potenciales beneficiarios de la beca, se estima conveniente incorporar a la oferta de académica del PROGRAMA NACIONAL DE BECAS UNIVERSITARIAS todos los profesorados y tecnicaturas, dictados en Universidades Nacionales, que no estén incorporados en el PROGRAMA NACIONAL DE BECAS BICENTENARIO PARA CARRERAS CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso a las facultades conferidas a esta Secretaría por la Resolución SPU Nº 2416/14.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS
RESUELVE:
— Modificar la Resolución SPU Nº 2416/14, en su Anexo, Articulo 7°, el que quedará redactado de la siguiente...
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