Resolución 451.

Fecha de disposición19 Julio 2016
Fecha de publicación19 Julio 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 451/2016

Bs. As., 04/07/2016

VISTO el Expediente N° 1.716.296/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/5 del Expediente N° 1.718.427/16 agregado a fojas 3 del expediente N° 1.716.296/16, luce agregado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por el sector sindical, y LABORATORIOS BAGO SOCIEDAD ANÓNIMA y QUÍMICA MONTPELLIER SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo 136/95 "E", ratificado a fojas 44/45, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo las partes convienen incrementos salariales, el pago por única vez de una suma no remunerativa, condiciones laborales, entre otros puntos, con vigencia a partir del mes de Mayo de 2016.

Que cabe dejar establecido que el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 136/95 "E" fue oportunamente celebrado por la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA por el sector sindical y las empresas LABORATORIOS BAGO SOCIEDAD ANÓNIMA, QUÍMICA MONTPELLIER SOCIEDAD ANÓNIMA y el INSTITUTO SAN JORGE BAGO SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empleador.

Que El INSTITUTO SAN JORGE BAGO SOCIEDAD ANÓNIMA no forma parte del sector empleador desde anteriores acuerdos celebrados en el marco del citado convenio colectivo, siendo ello debidamente autorizado por los actos administrativos donde se homologaron tales plexos.

Que con relación al ámbito de aplicación personal y territorial de los acuerdos celebrados, resultarán de aplicación dentro del ámbito de representación personal y territorial de las signatarias, excluyéndose del mismo a los trabajadores profesionales con título farmacéuticos, cuya representatividad corresponde al SINDICATO ARGENTINO DE FARMACÉUTICOS Y BIOQUÍMICOS por personería gremial otorgada por Resolución M.T. y S.S. N° 480/10 y ampliación del ámbito de actuación con alcance de Personería Gremial otorgado por Resolución M.T.E. y S.S. N° 500/14.

Que las partes celebrantes han ratificado el contenido y firmas insertas en el acuerdo traído a estudio, acreditando su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes...

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