Resolución 449.

Fecha de disposición19 Julio 2016
Fecha de publicación19 Julio 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 449/2016

Bs. As., 30/06/2016

VISTO el Expediente N° 1.707.812/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por el sector sindical y la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE SOCIEDADES DE CAPITALIZACIÓN por la parte empleadora, el que luce a fojas 3/8 del Expediente N° 1.707.812/16 y ha sido debidamente ratificado a fojas 17 de las mismas actuaciones.

Que mediante el acuerdo cuya homologación se solicita sus celebrantes establecen un incremento no remunerativo y escalonado respecto de las escalas salariales vigentes al 1 de enero de 2016 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 288/97; el que pasará a ser remunerativo en los términos y conforme los lineamientos allí establecidos.

Que asimismo se acuerdan incrementos referidos a "Adicional por Productividad", "Compensación por Almuerzo o Refrigerio" y "Adicional por Permanencia" y se pacta una gratificación extraordinaria no remunerativa y por única vez la que se hará efectiva conforme cláusula séptima del acuerdo.

Que el plexo convencional citado ha sido oportunamente celebrado entre las mismas partes individualizadas en el primer párrafo del presente y debidamente homologado mediante Resolución Subsecretaría de Relaciones Laborales N° 56, de fecha 01 de abril de 1997.

Que posteriormente las partes han negociado y celebrado acuerdos de naturaleza salarial, siendo los últimos que constan homologados los que lo fueran a través de la Resolución Secretaría de Trabajo N° 1398, de fecha 18 de septiembre de 2015 y Resolución Secretaría de Trabajo N° 1497, de fecha 2 de septiembre de 2014.

Que conforme antecedentes citados, las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar los acuerdos que motivan el presente acto.

Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo, se corresponde con el del Convenio Colectivo de Trabajo 288/97 cuyas escalas salariales modifica.

Que en definitiva el ámbito de aplicación del presente se corresponde y circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que respecto a su ámbito temporal, se fija la vigencia del acuerdo desde el día 1 de enero de 2016 hasta el día 31 de diciembre de 2016, conformidad con lo establecido al respecto por sus celebrantes.

Que atento que lo pactado comprende sumas de naturaleza no remunerativas, se hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es, como principio, de origen legal y de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde dejar establecido que los plazos estipulados no podrán ser prorrogados ni aún antes de su vencimiento y los montos acordados serán considerados, de corresponder, de carácter remunerativo, de pleno derecho y a todos los efectos legales, a partir de ésa fecha.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio deberán remitirse las presentes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR