Resolución 449/2021
Fecha de publicación | 07 Octubre 2021 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Emisor | MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO |
Ciudad de Buenos Aires, 28/04/2021
VISTO el EX-2020-31231752-APN-DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, las Leyes Nros. 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones, 24.013, 14.250 (t.o. 2004) y sus modificatorias, 27.541, los Decretos Nros. 260 del 12 de marzo de 2020, 297 del 19 de marzo de 2020, 329 del 31 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa N° 429 del 20 de marzo de 2020, la Resolución N° 397 del 29 de abril de 2020 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, prorrogada por la Resolución ministerial N° 475/20 y
CONSIDERANDO:
Que, la ASOCIACIÓN CIVIL SAN ISIDRO GOLF CLUB mediante el IF-2020-31232739-APN-MT del EX-2020-31231752-APN-DGDMT#MPYT realiza una propuesta de suspensiones en el marco del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo y del procedimiento previsto en el artículo 2° de la Resolución N° 397/2020, la cual se ajusta íntegramente al acuerdo celebrado entre la UNIÓN INDUSTRIAL ARGENTINA y la CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO N° 4/2020 de fecha 27 de abril de 2020.
Que cabe destacar que la nómina del personal afectado se encuentra agregada en el IF-2020-31232118-APN-MT del EX-2020-31231752-APN-DGDMT#MPYT.
Que habiéndose corrido traslado a la UNIÓN TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.), con fecha 29 de Octubre de 2020 se llevó a cabo una audiencia entre la firma empleadora y la UNIÓN TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.)- Seccional ZONA NORTE, la que surge agregada en el IF-2020-73638215-APN-DNRYRT#MT del EX-2020-31231752-APN-DGDMT#MPYT , en la que el sector gremial manifiesta aceptar la propuesta de la empresa pero dejando asentado que lo hace como límite máximo por los meses de abril y mayo de 2020.
Que la UNIÓN TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.), entidad central con personería gremial, ratifica la aceptación de la propuesta efectuada por la Seccional gremial a través de la presentación que se encuentra agregada en el RE-2020-75971583-APN-DGDYD#JGM del EX-2020-31231752-APN-DGDMT#MPYT .
Que corresponde dejar indicado que, en caso de corresponder, las partes deberán tener presente la vigencia de la Resolución ministerial N° 207/20 y sus modificatorias.
Que por DECNU-2020-297-APN-PTE se declaró el aislamiento social, preventivo y obligatorio, que fuera sucesivamente prorrogado.
Que, en virtud de la medida dispuesta, se ha establecido que las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se...
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