Resolución 448/2019

Fecha de publicación01 Julio 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Ciudad de Buenos Aires, 27/06/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-67910037--APN-DRS#MJ, el Decreto N° 644 del 18 de mayo de 1989 y su modificatorio, las Resoluciones ex M.J.S. y D.H. N° 238 del 28 de febrero de 2003 y sus modificatorias, M.J. y D.H. N° 561 del 29 de junio de 2005 y sus modificatorias y RESOL-2018-607-APNMJ del 3 de agosto de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución ex M.J.S. y D.H. N° 238/03 y sus modificatorias, estableció el procedimiento para la designación de Encargados Titulares de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS, siendo que conforme su artículo 6°, el llamado a concurso será dispuesto por este Ministerio.

Que la Resolución M.J. y D.H. N° 561/05 y sus ampliatorias Nros. 1764 del 5 de diciembre de 2006, 968 del 1° de abril de 2009, 2128 del 20 de agosto de 2010, 1163 del 17 de agosto de 2011, 1079 del 13 de mayo de 2015, RESOL-2017-506-APN-MJ del 5 de julio de 2017, RESOL-2017-635-APN-MJ del 10 de agosto de 2017, RESOL-2017-946-APN-MJ del 4 de diciembre de 2017, RESOL-2018-573-APN-MJ del 20 de julio de 2018, RESOL-2018-675-APN-MJ del 14 de agosto de 2018, RESOL-2018-945-APN-MJ del 30 de octubre de 2018, RESOL-2018-955-APN-MJ del 30 de octubre de 2018, RESOL-2019-59-APNMJ del 11 de enero de 2019, RESOL-2019-92-APN-MJ del 20 de febrero de 2019, RESOL-2019-169- APN-MJ del 19 de marzo de 2019 y RESOL-2019-313-APN-MJ del 30 de abril de 2019, se dictaron a fin de llamar a concurso para la cobertura del cargo de Encargado Titular de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor incluidos en el Anexo de dichos actos.

Que, asimismo, y atento la cantidad de delegaciones registrales vacantes, el artículo 2° de la Resolución M.J. y D.H. N° 561/05 y sus modificatorias establecieron que los procedimientos concursales se sustanciarían en VEINTIDOS (22) etapas, encontrándose facultada la DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS para determinar el inicio de cada una de ellas, así como los Registros Seccionales cuya titularidad se concursaría en cada oportunidad.

Que, en el mismo marco, se ha puesto en conocimiento que respecto de los Registros Seccionales mencionados precedentemente es menester convocar al procedimiento a quienes cuenten con los títulos profesionales mencionados en el artículo 2° del Decreto N° 644/89 y su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR