Resolución 1215/2008

Fecha de publicación26 Noviembre 2008
Fecha de disposición26 Noviembre 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31540

Las partes ratifican en un todo lo acordado precedentemente y solicitan al Ministerio de Trabajo,

Empleo y Seguridad Social la homologación del presente acuerdo.

Sin más siendo las 14,30 horas, se levanta la audiencia, firmando los representantes de las partes, en prueba de conformidad, ante mí, que certifico.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1215/2008

Registro Nº 883/2008

Registro Nº 884/2008

Bs. As., 18/9/2008

VISTO el Expediente Nº 1.247.659/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación de las Actas Acuerdo suscriptas entre la empresa AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA y la ASOCIACION DE TECNICOS MECANICOS DE VUELO DE LINEAS AEREAS, las que lucen agregadas a fojas 2 y 3/4 de autos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las referidas actas acuerdo se celebran en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 39/91 'E'.

Que corresponde hacer saber a las partes respecto del pago con órdenes de compra o vales alimentarios, que los mismos deberán ajustarse a lo dispuesto por el Artículo 3º de la Ley Nº 26.341 y el Decreto P.E.N. Nº 198.

Que de las constancias de autos los agentes negociales han acreditado la representación invocada y las facultades para negociar colectivamente.

Que el ámbito de aplicación de las presentes actas acuerdo se corresponde con la representación empresaria signataria y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que se acreditaron los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten a principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado 'orden público laboral' ni de otras normas dictadas en protección del interés general.

Que por último correspondería que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del tope previsto por el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la...

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