Resolución 377/2008

Fecha de la disposición14 de Noviembre de 2008

Asígnase numeración geográfica a T.V. Fuego Sociedad Anónima, para ser utilizada en el Servicio de Telefonía Local, Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional y Telefonía Pública.

Bs. As., 10/11/2008

VISTO el Expediente Nº 10.340/2006, del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION se aprobó el Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Que mediante Resolución Nº 200 de fecha 23 de octubre de 2006 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se otorgó a T.V. FUEGO SOCIEDAD ANONIMA (CUIT Nº 30-61000410-1), el registro para la prestación de los Servicios de Telefonía Local, Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional y Telefonía Pública.

Que el mencionado prestador, ha solicitado numeración para el Servicio de Telefonía Local para ser utilizada en la Localidad de RIO GRANDE, perteneciente a la Provincia de TIERRA DEL FUEGO.

Que la cantidad que se prevé asignar ha sido analizada sobre la base de la disponibilidad de numeración existente en la mencionada Localidad y los requerimientos del prestador.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 23 del Anexo II del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000 y el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES RESUELVE:

Artículo 1º

Asígnase a T.V. FUEGO SOCIEDAD ANONIMA (CUIT Nº 30- 61000410-1), la numeración geográfica según se indica en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Carlos L. Salas ANEXO Numeración que se asigna:

T.V. FUEGO S. A.

SERVICIO DE TELEFONIA LOCAL LOCALIDAD INDICATIVO INTERURBANO NUMERO LOCAL CANTIDAD DE NUMEROS RIO GRANDE (PROV. TIERRA DEL FUEGO) 2964 571hij 1.000 Secretaría de Comunicaciones SERVICIO TELEFONICO Resolución 379/2008

Asígnase a Nextel Comunications Argentina Sociedad Anónima numeración geográfica para ser utilizada en el Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces, en la localidad de San Nicolás, provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 10/11/2008

VISTO el Expediente Nº 9292/2000, del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION se aprobó el Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Que por Resolución Nº 482 de fecha 26 de noviembre de 2001 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA se registró a nombre de NEXTEL COMMUNICATIONS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA el Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces.

Que el mencionado Prestador ha solicitado numeración geográfica adicional para ser utilizada en el Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces (SRCE), en la modalidad 'abonado llamante paga' (CPP), en la Localidad de SAN NICOLAS perteneciente a la Provincia de BUENOS AIRES.

Que la cantidad que se prevé asignar ha sido analizada sobre la base de la disponibilidad de numeración existente en dicha Localidad, los requerimientos del Prestador y el grado de utilización efectivamente alcanzado por el mismo.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 23 del Anexo II del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000 y el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES RESUELVE:

Artículo 1º

Asígnase a NEXTEL COMMUNICATIONS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA la...

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