Resolución 1278/2008

Fecha de la disposición14 de Noviembre de 2008

Bs. As., 7/11/2008

VISTO el Expediente Nº 2218-COMFER/07, y CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones guardan relación con el pedido formulado por los señores Leonardo DE LA IGLESIA y Carlos Alberto ROSSI --invocando el carácter de cesionario y Presidente de la cedente, respectivamente--, de la licencia adjudicada por Resolución Nº 488-COMFER/03 a la firma RADIO ELE SOCIEDAD ANONIMA (en formación) para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, Categoría F, en la localidad de GENERAL LAVALLE, provincia de BUENOS AIRES, tendiente a que se autorice la transferencia de titularidad de la referida licencia a su favor.

Que, mediante Nota Nº 1374-COMFER(DNPD/CLT)/07, se solicitó a la licenciataria diversa documentación a fin de posibilitar la prosecución de dicho trámite, la que luego fue reiterada por su similar Nº 386-COMFER(DNPD/CLT)/08 ante la falta de respuesta a aquélla.

Que en esta última oportunidad se emplazó a la sociedad peticionante en los términos del artículo 1º, inciso e), apartado 9º de la Ley Nº 19.549, por cuanto habían transcurrido más de SESENTA (60) días desde la notificación de la primera de las notas mencionadas.

Que sin embargo, a la fecha, la licenciataria no ha dado cumplimiento al requerimiento formulado pese a haber sido fehacientemente notificado conforme las constancias habidas en las actuaciones del VISTO.

Que como consecuencia de la situación precedentemente expuesta, se señala que se hallan reunidos los extremos fácticos para declarar en estos obrados la caducidad de los procedimientos y disponer el archivo de estos obrados, en los términos del artículo 1º, inciso e) apartado 9) de la Ley Nº 19.549, toda vez que han transcurrido más de TREINTA (30) días desde la notificación de la nota mencionada en último término, practicada el 14 de abril de 2008.

Que al respecto, cabe señalar que no obstante que el artículo 1º, inciso a) de dicho texto normativo consagra el principio general de la impulsión de oficio, este último cede ante la paralización del trámite por causas imputables al interesado, vale decir cuando resulta necesaria alguna actividad del administrado, cual es --en el presente expediente-- la remisión de la documentación solicitada a la sociedad peticionante operando el inciso e) apartado 9) del mismo artículo, que consagra el instituto de la caducidad del procedimiento.

'(HUTCHINSON, Tomás; 'Régimen de Procedimientos Administrativos',

Editorial Astrea, 4ª edición actualizada y ampliada, Bs. As., 1998, página 50).

QuelaDIRECCIONGENERALASUNTOSLEGALESYNORMATIVAhaemitidoelcorrespondiente dictamen.

Que el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION tiene competencia para dictar el presente acto, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1º, inciso e) apartado 9) de la Ley Nº 19.549.

Que la presente medida se dicta en el uso de las facultades conferidas por el artículo 98 apartado

a), inciso 2) de la Ley Nº 22.285 y artículo 2º del Decreto Nº 520 del 31 de marzo de 2008.

Por ello,

EL INTERVENTOR EN EL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase de oficio la caducidad de los procedimientos del presente expediente en los que tramita la solicitud de autorización de transferencia de titularidad de la licencia adjudicada mediante Resolución Nº 488-COMFER/03, a la firma RADIO ELE SOCIEDAD ANONIMA (en formación) para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, Categoría F, en la localidad de GENERAL LAVALLE, provincia de BUENOS AIRES a favor del señor Leonardo DE LA IGLESIA, correspondiendo disponer su archivo, atento los fundamentos vertidos en los considerandos de la presente.

ARTICULO 2º

Déjase establecido que la titularidad de la licencia adjudicada mediante Resolución Nº 488-COMFER/03, continúa siendo de RADIO ELE SOCIEDAD ANONIMA (en formación).

ARTICULO 3º

Regístrese, notifíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, a efectos de su publicación y, cumplido, ARCHIVESE (PERMANENTE). -- Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.

e. 14/11/2008 Nº 16634/08 v. 14/11/2008 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS SECRETARIA DE ENERGIA Resolución Nº 1277/2008

Bs. As., 7/11/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0308823/2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que la Firma WAL-MART ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ha presentado Ia solicitud correspondiente para el reconocimiento de su Planta como agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), en la condición de GRAN USUARIO MENOR (GUME), conforme lo establecen la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992, del Registro de Ia ex SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA y la Resolución Nº 137 de fecha 30 de noviembre de 1992, del Registro de la SECRETARIA DE ENERGIA, ambas dependientes del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y sus modificatorias.

Que la Firma solicitante para la vinculación de las instalaciones eléctricas con el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI) deberá contar con la...

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