Resolución 1110/2008

Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2008

Haberes de Agosto 2007 $ 300,00

Haberes de Septiembre 2007 $ 300,00

Haberes Octubre 2007 $ 300,00

Haberes Noviembre 2007 $ 300,00

Haberes Diciembre 2007 $ 300,00

CUARTO:Las partes se comprometen, durante el período de tiempo que se desprende del artículo primero y segundo del presente acta a mantener la paz social, poniendo la mejor predisposición para alcanzar acuerdos satisfactorios.

QUINTO: Las partes elevarán el presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación a los efectos de su homologación.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1110/2008

Registro Nº 793/2008

Bs. As., 1/9/2008

VISTO el Expediente Nº 1.193.052/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones tramita el requerimiento de homologación del Acta obrante a foja 2 del Expediente Nº 148.027/07 agregada como foja 138 al Expediente Nº 1.193.052/06, conjuntamente con la escala Salarial obrante a foja 2 del Expediente 148.281/08 agregada como foja 159 al Expediente Nº 1.193.052/06, suscripta entre el SINDICATO DE OBRAS SANITARIAS DE FORMOSA (S.O.E.F.) por la parte gremial y la Empresa AGUAS DE FORMOSA SOCIEDAD ANONIMA, por la empresaria y ratificada por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS.

Que los agentes negociales convienen un incremento salarial para todo el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 869/07 'E', del que resultan partes signatarias.

Que las partes han ratificado a foja 145, 155 y 168/9 del expediente citado en el Visto, el contenido del texto del Convenio Colectivo traído a estudio.

Que en cumplimiento con lo dispuesto por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250, (t.o. 2004), los representantes gremiales del personal de la Empresa ha procedido a ratificar a foja 174, en un todo los términos y contenido del acuerdo arribado.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo, corresponde que la Dirección de Regulaciones del Trabajo, evalúe la procedencia de realizar el pertinente proyecto de Base promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo, se corresponde con la empresa signataria y la representatividad de los trabajadores por medio de las entidades sindicales firmantes, emergente de sus respectivas personerías gremiales.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo del derecho del trabajo encontrándose asimismo acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver e las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologada el Acta obrante a foja 2 del Expediente Nº 148.027/07 agregada como foja 138 al Expediente Nº 1.193.052/06 y la Escala Salarial obrante a foja 2 del Expediente 148.281/08 agregada como foja 159 al Expediente Nº 1.193.052/06, suscripta entre el SINDICATO DE OBRAS SANITARIAS DE FORMOSA (S.O.E.F.) por la parte gremial y la Empresa AGUAS DE FORMOSA SOCIEDAD ANONIMA, por la empresaria y ratificada por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS.

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.

Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acta obrante a foja 2...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR