Resolución 1048/2008

Fecha de la disposición30 de Octubre de 2008

Incumbencias · Capacidad de trabajar en equipo · Conocimiento de Seguridad industrial · Conocimientos técnicos de la especialidad · Dominio de herramientas informáticas Funciones del cargo:

  1. Operar los equipos de la usina y sus sistemas de control.

  2. Prestar asistencia en las maniobras de equipamientos eléctricos.

  3. Realizar las rutinas de inspección operativa.

  4. Controlar y operar el abastecimiento de combustible

  5. Ejecutar tareas de mantenimiento y asistir al Responsable inmediato superior.

  6. Prestar apoyo en el control de servicios realizados por terceros.

  7. Atender las contingencias operacionales.

ANEXO III ESCALA SULLAIR Categoría Sueldo Básico Suma Fija Art.

12 Inc. M Bonificación Técnica % PESOS 7 $ 1,096.39 $ 237.40 12.480% $ 149.15

9 $ 1,193.34 $ 237.40 14.560% $ 174.00

11 $ 1,195.07 $ 237.40 16.640% $ 198.86

BASE DE CALCULO ITEMS ITEM CALCULO BASE DE CALCULO Sueldo básico Escala Sullair Según categoría Antigüedad Art. 12 Inc. B 2.67% por año de antigüedad Sobre básico de la categoría 11

Suma Fija Art. 12 Inc. M Escala Sullair Según categoría Bonificación Gas Art. 78 Escala Sullair Suma fija $ 66.

Bonificación Art. 14 - 2° Técnico % según categoría Sobre básico de la categoría 11

Bonificación Título Art. 31 % según nivel profesional y si se encuentra aplicado a una función específica.

Sobre básico de la categoría 11

Bonificación Semana no Calendario Art. 50 Inc. L 28% Sobre la suma de los ítems liquidados anteriormente.

Adicional Semana no Calendario Art. 50 Inc. L 13% Sobre la suma de los ítems liquidados anteriormente.

Tareas riesgosas Art 53 10% Sobre la suma de los ítems liquidados anteriormente.

Bonificación Luz Art. 78 Suma fija $ 100.- Suma fija $ 100.Bonificación Turismo Importe a percibir igual a un Salario mínimo, vital y móvil Junto con la remuneración de septiembre.

ESTRUCTURA DE LIQUIDACION OPERADOR DE USINA 2 OPERADOR DE USINA 1

CATEGORIA: 7 9

Básico de la Categoría $ 1.096,39 $ 1.193,34

Básico de la Categoría 11 $ 1.195,07 $ 1.195,07

Antigüedad: 0 0

Título Escuela de Educación Técnica Escuela de Educación Técnica CONCEPTO CCT 36/75 BASE DE CALCULO HABER CATEGORIA 7

HABER CATEGORIA 9

Sueldo Básico Escala $ 1.096,39 $ 1.193,34

Suma Fija Art. 12 - m Suma Fija $ 237,40 $ 237,40

Bonificación Gas Suma Fija $ 66,00 $ 66,00

Bonificación Art. 14 - 2° (CAT 7) 12.48% $ 149,14 Bonificación Art. 14 - 2° (CAT 9) 14.56% - $174,00

Título Art. 31 - 3 - a 20.40% $ 243,79 $ 243,79

Semana no calendario Art. 28.00% CONCEPTO CCT 36/75 BASE DE CALCULO HABER CATEGORIA 7

HABER CATEGORIA 9

50 - I $ 501,96 $ 536,07

Adic. Semana no calendaria 13.00% $ 298,31 $ 318,58

Tarea Riesgosa Art. 53 10.00% $ 259,30 $ 276,92

Total Remunerativo Operador de Usina $ 2.852,30 $ 3.046,10

Compensación Luz $ 100,00 $ 100,00

Total Bruto Operador de Usina $ 2.952,30 $ 3.146,10

CALCULO PLUS VACACIONAL RNH A HE BAE T RNH ---- + ---- + ---- + ---- + ---- - ---- x DL = PV 25 150 150 300 150 30

Donde:

RNH = Remuneración Normal y Habitual correspondiente al mes anterior al que se liquida el 'Plus Vacacional';

A = Aguinaldo;

HE = Sumatoria de Horas Extras promedio del último semestre;

BAE = Bonificación Anual por Eficiencia;

T = Asignación por Turismo;

DL = Días de licencia ordinaria hábiles;

PV = Plus Vacacional MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N° 1048/2008

Registro N° 755/2008

Bs. As., 20/8/2008

VISTO el Expediente N° 1.046.673/01 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.279.160/08, agregado al Expediente N° 1.046.673/01 como foja 243, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION MAQUINISTAS DE TEATROS Y TELEVISION y la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPRESARIOS TEATRALES, ratificado a foja 247, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las partes convienen nuevas escalas salariales para el Convenio Colectivo de Trabajo N° 86/75, del cual son las mismas partes signatarias, conforme surge de los términos y contenido del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante...

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