Resolución 1048/2008
Fecha de la disposición | 30 de Octubre de 2008 |
Incumbencias · Capacidad de trabajar en equipo · Conocimiento de Seguridad industrial · Conocimientos técnicos de la especialidad · Dominio de herramientas informáticas Funciones del cargo:
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Operar los equipos de la usina y sus sistemas de control.
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Prestar asistencia en las maniobras de equipamientos eléctricos.
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Realizar las rutinas de inspección operativa.
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Controlar y operar el abastecimiento de combustible
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Ejecutar tareas de mantenimiento y asistir al Responsable inmediato superior.
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Prestar apoyo en el control de servicios realizados por terceros.
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Atender las contingencias operacionales.
ANEXO III ESCALA SULLAIR Categoría Sueldo Básico Suma Fija Art.
12 Inc. M Bonificación Técnica % PESOS 7 $ 1,096.39 $ 237.40 12.480% $ 149.15
9 $ 1,193.34 $ 237.40 14.560% $ 174.00
11 $ 1,195.07 $ 237.40 16.640% $ 198.86
BASE DE CALCULO ITEMS ITEM CALCULO BASE DE CALCULO Sueldo básico Escala Sullair Según categoría Antigüedad Art. 12 Inc. B 2.67% por año de antigüedad Sobre básico de la categoría 11
Suma Fija Art. 12 Inc. M Escala Sullair Según categoría Bonificación Gas Art. 78 Escala Sullair Suma fija $ 66.
Bonificación Art. 14 - 2° Técnico % según categoría Sobre básico de la categoría 11
Bonificación Título Art. 31 % según nivel profesional y si se encuentra aplicado a una función específica.
Sobre básico de la categoría 11
Bonificación Semana no Calendario Art. 50 Inc. L 28% Sobre la suma de los ítems liquidados anteriormente.
Adicional Semana no Calendario Art. 50 Inc. L 13% Sobre la suma de los ítems liquidados anteriormente.
Tareas riesgosas Art 53 10% Sobre la suma de los ítems liquidados anteriormente.
Bonificación Luz Art. 78 Suma fija $ 100.- Suma fija $ 100.Bonificación Turismo Importe a percibir igual a un Salario mínimo, vital y móvil Junto con la remuneración de septiembre.
ESTRUCTURA DE LIQUIDACION OPERADOR DE USINA 2 OPERADOR DE USINA 1
CATEGORIA: 7 9
Básico de la Categoría $ 1.096,39 $ 1.193,34
Básico de la Categoría 11 $ 1.195,07 $ 1.195,07
Antigüedad: 0 0
Título Escuela de Educación Técnica Escuela de Educación Técnica CONCEPTO CCT 36/75 BASE DE CALCULO HABER CATEGORIA 7
HABER CATEGORIA 9
Sueldo Básico Escala $ 1.096,39 $ 1.193,34
Suma Fija Art. 12 - m Suma Fija $ 237,40 $ 237,40
Bonificación Gas Suma Fija $ 66,00 $ 66,00
Bonificación Art. 14 - 2° (CAT 7) 12.48% $ 149,14 Bonificación Art. 14 - 2° (CAT 9) 14.56% - $174,00
Título Art. 31 - 3 - a 20.40% $ 243,79 $ 243,79
Semana no calendario Art. 28.00% CONCEPTO CCT 36/75 BASE DE CALCULO HABER CATEGORIA 7
HABER CATEGORIA 9
50 - I $ 501,96 $ 536,07
Adic. Semana no calendaria 13.00% $ 298,31 $ 318,58
Tarea Riesgosa Art. 53 10.00% $ 259,30 $ 276,92
Total Remunerativo Operador de Usina $ 2.852,30 $ 3.046,10
Compensación Luz $ 100,00 $ 100,00
Total Bruto Operador de Usina $ 2.952,30 $ 3.146,10
CALCULO PLUS VACACIONAL RNH A HE BAE T RNH ---- + ---- + ---- + ---- + ---- - ---- x DL = PV 25 150 150 300 150 30
Donde:
RNH = Remuneración Normal y Habitual correspondiente al mes anterior al que se liquida el 'Plus Vacacional';
A = Aguinaldo;
HE = Sumatoria de Horas Extras promedio del último semestre;
BAE = Bonificación Anual por Eficiencia;
T = Asignación por Turismo;
DL = Días de licencia ordinaria hábiles;
PV = Plus Vacacional MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N° 1048/2008
Registro N° 755/2008
Bs. As., 20/8/2008
VISTO el Expediente N° 1.046.673/01 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.279.160/08, agregado al Expediente N° 1.046.673/01 como foja 243, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION MAQUINISTAS DE TEATROS Y TELEVISION y la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPRESARIOS TEATRALES, ratificado a foja 247, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las partes convienen nuevas escalas salariales para el Convenio Colectivo de Trabajo N° 86/75, del cual son las mismas partes signatarias, conforme surge de los términos y contenido del texto pactado.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante...
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