Resolución 789/2008

Fecha de la disposición28 de Octubre de 2008

Que asimismo continúa señalando que la operación referida al constituir una repatriación de fondos de residentes, no implica ningún nuevo pasivo para la economía y que, en este sentido, como política general de afianzamiento del sector externo, es conveniente dar un tratamiento más favorable como mecanismo de financiación de la economía, al ingreso de fondos propios de residentes, destacando el destino no especulativo de los fondos resultantes de la futura liquidación de cambio a realizar en este caso.

Que en el contexto actual del mercado de cambios y de la situación financiera internacional y, en el marco de las facultades otorgadas al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION por el Artículo 5º del Decreto Nº 616/05, el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a los efectos de coadyuvar al manejo de la política monetaria y cambiaria que viene llevando en la presente coyuntura, propicia la exclusión de la obligatoriedad de la constitución del depósito no remunerado al ingreso de fondos en el mercado de cambios por la venta de activos externos de residentes, como es el caso de los fondos a ingresar por VISA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes de lo establecido en el Artículo 5º del Decreto Nº 616/05.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION RESUELVE:

Artículo 1º

Exclúyese de la aplicación de los requisitos establecidos en los incisos c) y d) del Artículo 4º del Decreto Nº 616 del 9 de junio de 2005 y lo dispuesto en el primer párrafo del Artículo 2º de la Resolución Nº 365 del 28 de junio de 2005 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a la operación de ingresos cambiarios por hasta la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO DIEZ MILLONES DOSCIENTOS MIL (U$S 110.200.000) proveniente de la venta de acciones pertenecientes a VISA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA en la compañía constituida en el Estado de Delaware, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, denominada VISA INC..

Art. 2º

La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Julio M. De Vido.

Secretaría de Transporte TRANSPORTE AEROCOMERCIAL Resolución 789/2008

Autorízase a la empresa Agro Flights Sociedad de Responsabilidad Limitada a explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo utilizando aeronaves de reducido porte.

Bs. As., 20/10/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0263541/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que la Empresa AGRO FLIGHTS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA solicitó autorización para explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte...

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