Resolución 499/2013

Fecha de disposición23 Abril 2013
Fecha de publicación29 Abril 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32628

Bs. As., 25/3/2013

VISTO el Expediente Nº 1.290.037/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1782 del 2 de diciembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 del Expediente Nº 1.400.825/10, agregado como fojas 248 al Expediente Nº 1.290.037/08, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS DE LA PAMPA por el sector sindical y la empresa AGUAS DEL COLORADO SAPEM por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1118/10 “E”, ratificado por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS a fojas 262 del Expediente Nº 1.290.037/08, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1782/11 y registrado bajo el Nº 1690/11, conforme surge de fojas 276/278 y 281, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 290/297, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL

DE REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR